DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Viernes, 22 de septiembre de 2023 Pág. 53888

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 13 de septiembre de 2023 por la que se modifica la autorización del centro privado Aula Nosa, de A Coruña.

La representación de la titularidad del centro privado Aula Nosa, de A Coruña, solicita autorización para impartir la educación secundaria para personas adultas, en la modalidad a distancia semipresencial, en turno de tarde-noche.

La Orden de 20 de marzo de 2018 (DOG de 12 de abril) regula la educación básica para las personas adultas y establece su currículo, y en su artículo 12 desarrolla la modalidad a distancia semipresencial.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Autorizar la educación secundaria para personas adultas, en la modalidad a distancia semipresencial, en turno de tarde-noche, quedando el centro configurado como se detalla a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR).

Denominación específica: Aula Nosa.

Código del centro: 15032431.

Domicilio: calle Mosteiro de Caaveiro, 1, bajo.

Localidad: 15010 A Coruña.

Ayuntamiento: A Coruña.

Provincia: A Coruña.

Titular: Centro de Ensino Vagalume, S.L.

Composición resultante:

a) Ciclos de Formación Profesional Básica:

– Informática de oficina (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

– Servicios administrativos (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

b) Ciclos formativos de grado medio (CM) e de grado superior (CS):

– CM Sistemas microinformáticos y redes ( 2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

– CS Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

– CS Desarrollo de aplicaciones web (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

c) Educación básica para personas adultas:

– Enseñanzas básicas iniciales.

– Educación secundaria para personas adultas, modalidad presencial y a distancia semipresencial, en turno de tarde-noche.

Artículo 2. Inscripción en el registro

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 3. Revisión de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señala la presente orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de septiembre de 2023

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional
y Universidades