DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Lunes, 16 de octubre de 2023 Pág. 57161

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 6 de octubre de 2023 por la que se da continuidad al programa de innovación educativa Polos creativos y se establecen instrucciones para su desarrollo en los centros educativos dependientes de esta consellería y en los centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia para los cursos 2023/24 y 2024/25.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa como un objetivo básico del sistema educativo. Señala también que entre sus fines está el desarrollo de la capacidad del alumnado para regular su propio aprendizaje, la confianza en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. Finalmente, cabe destacar que, según dicha ley, el sistema educativo tiene como principio básico propiciar la educación permanente y el aprendizaje a lo largo de la vida, preparando al alumnado para aprender por sí mismo. Esto es posible en el marco de un currículo competencial basado en la Recomendación del Consejo de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente.

Entre las mencionadas competencias claves, y particularmente desde la óptica de un mundo digitalizado e interconectado, se integran capacidades como el pensamiento computacional, el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la creatividad y el pensamiento de diseño, entre otras, desde una óptica de trabajo colaborativo mediante el aprendizaje formal y no formal en todos los contextos.

En línea con el Plan de acción de la UE en materia de educación digital, se establece la Estrategia de educación digital 2030 en Galicia, cuyo eje 2 está centrado en el perfeccionamiento de competencias y capacidades digitales para la transformación digital. En el marco de esta estrategia se crea, por la Orden de 21 de abril de 2022, el programa de innovación educativa Polos creativos con el objetivo final de desarrollar la competencia digital de la comunidad educativa (según determina el MCDD), el uso de las tecnologías digitales en el proceso de enseñanza-aprendizaje y la transformación de los centros en organizaciones educativas digitalmente competentes.

El éxito de este programa hace aconsejable su extensión a todo el sistema educativo, toda vez que el correcto desarrollo de las competencias digitales, en concreto, del pensamiento computacional y la programación, precisa de dotación específica, que deberá ser asignada a los centros educativos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y a los centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia que impartan segundo ciclo de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria. Este material deberá permitir el trabajo y desarrollo de situaciones de aprendizaje vinculadas al pensamiento computacional, la programación y la robótica, así como sus competencias relacionadas, teniendo en cuenta las particularidades del alumnado de las diferentes etapas y sus necesidades formativas y de desarrollo personal y social.

El programa Código Escuela 4.0 se enmarca dentro del Plan de digitalización y de competencias digitales del sistema educativo (Plan #DigEDu), y nace con el objetivo de mejorar las competencias digitales en el ámbito educativo, tanto en lo referido a las competencias del alumnado como en lo relativo a los medios tecnológicos disponibles y su integración efectiva y eficaz en los procesos de enseñanza y aprendizaje. Las actuaciones y finalidades del programa Código Escuela 4.0 están alineadas con las iniciativas presentadas por la Comisión Europea: el Plan de acción de educación digital (2021-2027) y el Espacio Europeo de Educación. El objetivo general del programa Código Escuela 4.0 es poner en marcha los mecanismos y procesos necesarios para generalizar y facilitar al profesorado y al alumnado de los centros educativos financiados con fondos públicos el desarrollo de las competencias digitales relacionadas con el pensamiento computacional y la programación, mediante dotación de fondos a las comunidades autónomas para la realización de acciones de asignación de recursos materiales y de mentoría y acompañamiento.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

Esta orden tiene por objeto dar continuidad al Programa de innovación educativa Polos creativos y dictar las instrucciones para su desarrollo en los centros docentes dependientes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y en los centros privados sostenidos con fondos públicos da Comunidad Autónoma de Galicia, para los cursos 2023/24 y 2024/25, en el marco de la Estrategia de educación digital 2030.

Artículo 2. Definición y características

Los Polos creativos se desarrollarán mediante la dotación de un equipamiento especializado, con un diseño modular e innovador, y organizados didácticamente para el fomento de la creatividad y la formación del alumnado en un contexto de aprendizaje competencial. Están basados en el desarrollo del pensamiento computacional y sus competencias asociadas mediante el aprendizaje activo y manipulativo, el aprendizaje basado en el diseño, la solución de problemas y el aprendizaje entre iguales.

Funcionarán como núcleos dinamizadores en el marco de la Estrategia de educación digital 2030, de manera que podrán albergar actividades de tipo taller tanto para el profesorado como para el alumnado y, en su caso, las familias, desde una óptica de aprendizaje conjunto y comunitario. Asimismo, podrán desarrollar proyectos mediante la experimentación, el prototipado y la construcción. También pueden albergar prácticas de investigación y proyectos basados en el abordaje de problemas reales que incluyan la innovación y fabricación a pequeña escala.

Funcionarán como centro de actividades en que se trabaje la inteligencia artificial y otras tecnologías intensivas, el procesado audiovisual y artístico, realidad virtual e impresión 3D, tecnologías de control computerizado y fabricación aditiva, mecanizado de diferentes materiales, electromecánica, robótica y microcontroladores, entre otras.

Serán, por tanto, espacios abiertos a las comunidades locales para favorecer el desarrollo de competencias digitales y científico-tecnológicas y artísticas del conjunto de la ciudadanía, por lo que ofertarán actividades formativas para los diversos colectivos. En concreto, facilitará la solución conjunta de problemas con la participación de alumnado, profesorado y familias, y fomentará especialmente aquellas acciones que impliquen la participación de madres y padres junto con sus hijos e hijas en actividades tanto de formación como de creación.

Los Polos creativos serán un elemento clave para la transformación digital de los centros educativos en organizaciones digitalmente competentes en los procesos de enseñanza-aprendizaje y, como tal, representarán una de las infraestructuras esenciales previstas en el plan digital de centro para conseguir este objetivo.

Cada centro educativo, dentro de su autonomía, puede configurar las diferentes acciones vinculadas al Polo creativo que, en todo caso, partirán de una reflexión sobre el contexto, las fortalezas y las posibilidades de mejora del centro, siempre con la perspectiva de contribuir al desarrollo comunitario. Para conseguir sus objetivos contarán con el apoyo y el asesoramiento especializado de la Red de formación permanente del profesorado.

Artículo 3. Gestión de los Polos creativos

Los Polos creativos serán gestionados por un equipo dinamizador que contará con una persona coordinadora que desarrollará su función en estrecha colaboración con el equipo directivo. Para cada curso escolar, la Dirección del centro establecerá la dedicación necesaria para la atención al Polo creativo por parte del coordinador y del equipo de dinamización.

El centro promoverá, en todos los ámbitos y departamentos del centro, el uso de estos recursos para desarrollar proyectos colaborativos y creativos.

Artículo 4. Destinatarios

Recibirán un Polo creativo todos los centros educativos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y los centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia que impartan alguna de las siguientes enseñanzas:

• Segundo ciclo de educación infantil.

• Educación primaria.

• Educación secundaria obligatoria.

Los centros que recibieron un Polo creativo al amparo de la Orden de 21 de abril de 2022, por la que se crea el programa de innovación educativa Polos creativos y se establece el procedimiento para la participación de los centros docentes públicos dependientes de esta consellería, se considerarán Polos creativos+ y estarán integrados, a todos los efectos, en la Red de Polos creativos.

Artículo 5. Dotación

Cada centro recibirá la equipación que corresponda a las enseñanzas que imparte y que será publicado en el portal educativo. El número de unidades a recibir estará en función del número de alumnado de cada etapa educativa.

Los Polos creativos+ recibirán todo aquel material que había sido designado en esta dotación, de no contar con el con anterioridad.

Los centros que hayan contado con programa de robótica de primaria integrarán este equipamiento previo en los Polos creativos. Cualquier otro material que comparta los objetivos del programa y con el que el centro haya contado con anterioridad podrá ser incorporado a los Polos creativos.

Artículo 6. Apoyo a los Polos creativos

La Red de formación permanente del profesorado contará con asesorías especializadas que acompañarán el proceso formativo de la comunidad educativa, así como la puesta en funcionamiento y uso de las dotaciones correspondientes. Contarán, asimismo, con polos demostradores y con recursos de apoyo y complementarios al de Polos creativos de los centros docentes. De igual manera, realizarán acciones formativas específicas, así como de puesta en valor del trabajo de los Polos creativos y difusión de buenas prácticas.

Cada centro público dependiente de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades que cuente con Polo creativo contará con una línea específica en su Plan de formación permanente del profesorado en centros (PFPP). Las personas coordinadoras recibirán formación específica.

Los centros privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia articularán su formación en Polos creativos mediante grupos de trabajo y seminarios, de acuerdo con lo previsto en el Plan anual de formación del profesorado.

Artículo 7. Evaluación

Con fecha límite de 15 de julio de cada año, la Dirección del centro educativo, con la colaboración de la persona coordinadora, deberá cargar en la aplicación https://www.edu.xunta.gal/programaseducativos/ los datos del equipo dinamizador (nombre, apellidos y DNI), identificando en el listado a la persona coordinadora a los efectos de la certificación prevista en el apartado octavo. Asimismo, de manera opcional, podrá realizar las observaciones y propuestas de mejora que estime oportunas, en su caso.

Artículo 8. Certificación

La Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades certificará cada curso escolar, según la normativa vigente, como actividad de innovación educativa, al profesorado que forma parte del equipo de dinamización que acompañó a la persona coordinadora en la puesta en marcha del Polo creativo y al profesorado que coordinó actividades que se desarrollaron en el Polo creativo, con una equivalencia de 20 horas de formación permanente del profesorado. En caso de la persona coordinadora del Polo creativo, la equivalencia será de 50 horas de formación del profesorado.

Artículo 9. Difusión y buenas prácticas

Los centros colaborarán en las acciones de difusión que se organicen. Los centros públicos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades ceden los derechos de edición de los materiales educativos relacionados con el desarrollo del programa en el centro. Estos materiales se difundirán bajo la licencia Creative Commons, que sea BY-NC-SA, que combine las propiedades «reconocimiento-no comercial-compartir igual».

Artículo 10. Inspección Educativa

Corresponde a la Inspección Educativa supervisar el proceso de desarrollo del Polo creativo, así como proponer medidas de mejora, realizando las actuaciones que correspondan conforme al procedimiento establecido.

Artículo 11. Datos de carácter personal

Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su condición de responsable por la Xunta de Galicia-Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, con la finalidad de llevar a cabo la tramitación administrativa que se derive de la gestión de este procedimiento.

El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos, conforme a la normativa aplicable y las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos

Las personas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercer otros derechos o retirar su consentimiento, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www.xunta.gal/proteccion-datos-persoais

En caso de existir diferentes referencias normativas en materia de protección de datos personales en este procedimiento, prevalecerán, en todo caso, aquellas relativas al Reglamento (UE) 2016/679, general de protección de datos, o a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Disposición final única. Eficacia

Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2023

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades