BDNS (Identif.): 720661.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de a convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
El personal docente funcionario de carrera que imparta las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con destino en centros docentes públicos y que ejerza docencia directa con el alumnado, equipos de orientación específicos, puestos de asesoría dentro de la estructura administrativa de la consellería y en la Inspección educativa.
El personal docente funcionario en prácticas podrá solicitar una ayuda de las reguladas en esta convocatoria para la realización de actividades formativas.
Asimismo, podrá cursar solicitud el personal docente funcionario interino que mantenga esta condición tanto en el momento de la presentación de la solicitud como en el momento de la resolución de concesión. Estas personas harán indicación expresa de esta circunstancia.
El profesorado sustituto podrá cursar la solicitud siempre que la actividad se desarrolle íntegramente durante el período de su nombramiento.
Segundo. Objeto
Convocar en régimen de competencia competitiva ayudas para financiar gastos derivados de la participación como asistente a actividades de formación no organizadas por las estructuras de formación de la consellería que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el resto del territorio español o en el extranjero, entre los días 1 de enero y 30 de noviembre de 2023.
Estas ayudas cubren exclusivamente los gastos de matrícula y desplazamientos, sin incluir los gastos de manutención y alojamiento.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Presupuesto y cuantía de las ayudas
El importe global previsto en la orden es de 100.000 euros.
Las ayudas se concederán según los siguientes tipos y límites que se indican:
Tipo I, para actividades realizadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, hasta un máximo de 175 euros.
Tipo II, para actividades realizadas en el resto del territorio español, hasta un máximo de 290 euros.
Tipo III, para actividades realizadas en el extranjero, hasta un máximo de 700 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Será de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2023
El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
P.D. (Orden de 29.7.2022)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura,
Educación, Formación Profesional y Universidades