BDNS (Identif.): 721382.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en esta orden las siguientes entidades:
1. Las organizaciones profesionales agrarias.
2. Las asociaciones agrarias.
Segundo. Objeto
La finalidad de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras es la realización de actividades de representación y de formación de los asociados de las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias legalmente constituidas y con implantación en Galicia y de los agricultores gallegos en general.
Tercero. Bases reguladoras
Estas ayudas se otorgarán al amparo de lo dispuesto en la Orden de 9 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones profesionales agrarias y asociaciones agrarias para la realización actividades de interés agrario, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR321A).
Cuarto. Importe
Importe total de la convocatoria: 600.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2023
José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural