DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Lunes, 23 de octubre de 2023 Pág. 58237

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

ORDEN de 13 de octubre de 2023 por la que se modifica la Orden de 1 de agosto de 2023, por la que se regulan las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa de servicio de voluntariado juvenil, así como a proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural, en base al proyecto piloto de talento intergeneracional en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS320A).

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En el Diario Oficial de Galicia número 156, de 18 de agosto de 2023, se publicó la Orden de 1 de agosto de 2023 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a las entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa de servicio de voluntariado juvenil, así como a proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural, en base al proyecto piloto de talento intergeneracional en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS320A).

El objeto de la convocatoria es instar a la participación en las entidades de acción voluntaria y en las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia de las personas jóvenes gallegas, para su colaboración como personas voluntarias en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten al amparo de esta convocatoria y dentro de los sectores de actuación establecidos en la Ley 10/2011, de 28 de noviembre, de acción voluntaria. Además, en esta convocatoria se subvencionarán actuaciones que posibiliten la participación de estas personas jóvenes en grupos intergeneracionales orientados al desarrollo de proyectos de voluntariado enmarcados en las actividades vinculadas con el proyecto piloto de talento intergeneracional. La ejecución de los proyectos tendrá como fecha límite el 31 de octubre de 2023.

En el artículo 17, en el apartado primero del punto 1, se establece:

«1. Una vez publicado el otorgamiento de la ayuda, la fecha límite para la presentación de la justificación de los gastos es el día 8 de noviembre de 2023».

La fecha de publicación de la convocatoria determina que la fase de instrucción y la resolución del procedimiento finalizarán más allá de las fechas inicialmente previstas, por lo que, a fin de garantizar la mayor eficacia posible en el desarrollo de los proyectos de intervención subvencionados, se considera recomendable ampliar el plazo de finalización de la justificación inicialmente contemplado.

Esta ampliación de plazo está amparada en el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, según el cual el órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no exceda la mitad del mismo, y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

En consecuencia, en uso de las facultades que tengo atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y por el Decreto 124/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social y Juventud,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 1 de agosto de 2023 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa de servicio de voluntariado juvenil, así como a proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural, en base al proyecto piloto de talento intergeneracional en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS320A)

El punto 1 del artículo 17, referido a la justificación de las subvenciones de la Orden de 1 de agosto de 2023 por la que se regulan las bases que regirán la concesión de las subvenciones a entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa de servicio de voluntariado juvenil, así como a proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural, en base al proyecto piloto de talento intergeneracional en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento BS320A), queda redactado como sigue:

«1. Una vez publicado el otorgamiento de la ayuda, la fecha límite para la presentación de la justificación de los gastos es el día 1 de diciembre de 2023.

La entidad beneficiaria deberá presentar, a través de la Carpeta ciudadana disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, la justificación de la totalidad del proyecto evaluado por la Comisión. En el supuesto de haber resultado beneficiaria de subvención para dos proyectos, uno correspondiente a las actividades incluidas en los apartados desde el a) hasta el i) del artículo 2.2, y el otro correspondiente a la actividad del apartado j) de dicho artículo, la justificación se presentará separada e independientemente para cada proyecto».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de octubre de 2023

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud