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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 24 de octubre de 2023 Pág. 58497

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2023, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo de estabilización para el ingreso en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala técnica auxiliar de informática, convocado por la Resolución de 21 de diciembre de 2021, por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

El tribunal nombrado por la Resolución de 28 de abril de 2023 (DOG núm. 88, de 9 de mayo) para calificar este proceso selectivo,

ACUERDA:

Primero. En sesiones que tuvieron lugar los días 18, 19, 20 y 21 de septiembre de 2023, al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, después de revisar las reclamaciones presentadas contra el primer ejercicio de este proceso selectivo realizado el 13 de julio de 2023:

– Acceso libre: quedan anuladas las preguntas 30, 47, 55, (parte teórica) y 81, 96, R107 (parte práctica). Su lugar pasa a ser ocupado por las preguntas R71, R72, R73 (parte teórica) y R106, R108 (parte práctica), respectivamente. Asimismo, se acuerda modificar el modelo de corrección de respuestas en la pregunta número 104, siendo correcta la alternativa b). Se desestiman las restantes reclamaciones presentadas a dicho ejercicio.

– Promoción interna: quedan anuladas las preguntas 15, 32, 40 (parte teórica) y 65, 80, R91 (parte práctica). Su lugar pasa a ser ocupado por las respuestas R56, R57 y R58 (parte teórica) y R90, R92 (parte práctica), respectivamente. Asimismo, se acuerda modificar el modelo de corrección de respuestas en la pregunta número 88, siendo correcta la alternativa b). Se desestiman las restantes reclamaciones presentadas a dicho ejercicio.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 60 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de treinta (30) puntos.

– Acceso libre: superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas en este turno, siempre que alcancen el mínimo del 50 %, en cada una de las dos partes, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

De darse el caso de que el número de aspirantes que superen este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocado en este turno.

– Promoción interna: superarán el ejercicio las personas aspirantes que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

De darse el caso de que el número de aspirantes que superen este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

Así pues y de conformidad con lo dispuesto en la citada base, por la Resolución de este tribunal de 3 de julio de 2023, se dio publicidad a los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio, que establecen que lo superarán las personas aspirantes que alcancen las mejores puntuaciones:

– En acceso libre: hasta completar el número máximo de cuarenta y ocho (48) personas aspirantes, siempre que alcancen el mínimo del 50 %, en cada una de las dos partes, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes. En caso de no alcanzarse el número de aspirantes previstos (48), se rebajará el mínimo en cada una de las partes al 40% de respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el citado número de personas aspirantes (48).

– En promoción interna: las personas aspirantes que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes. En caso de que el número de aspirantes que superaran este ejercicio sea inferior a cinco (5), se rebajará al mínimo del 40 % de las respuestas correctas en cada una de las partes, una vez hechos los descuentos correspondientes.

En ambos casos las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.

Se asignará la valoración de 30 puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 30 y los 60 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Las personas aspirantes que no superen el ejercicio serán declaradas no aptas.

Tercero. Una vez hecha la corrección de los exámenes en la sesión de 5 de octubre de 2023, de acuerdo con los criterios anteriores, alcanzaron la puntuación mínima de 30 puntos un total de:

– Acceso libre: 29 aspirantes, fijándose en veintiocho (28) respuestas correctas en la primera parte y doce (12) respuestas correctas en la segunda parte, una vez hechos los descuentos correspondientes.

– Promoción interna: ninguna persona aspirante alcanza la puntuación mínima para superar el ejercicio, fijándose en veintidós (22) preguntas correctas en la primera parte y doce (12) respuestas correctas en la segunda parte, una vez hechos los descuentos correspondientes.

Se acuerda publicar en el portal web corporativo funcionpublica.junta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al primero ejercicio.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar la documentación justificativa de estar en posesión del Celga 4 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

Sexto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2023

Alfonso Pereira Martínez
Presidente del tribunal