DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Lunes, 30 de octubre de 2023 Pág. 60138

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de octubre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 10 de octubre de 2023 relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Campo da Gonza y Devesa da Chanca, en el ayuntamiento de Viana do Bolo.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común (MVMC) Campo da Gonza, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Froxais, y Devesa da Chanca, perteneciente a la CMVMC de Penouta, en el ayuntamiento de Viana do Bolo, resultan los siguientes:

Hechos:

Primero. El 29.9.2022 la CMVMC de Froxais presentó un escrito (Rexel 2022/2392156) en el que solicitan la aprobación de un deslinde con la CMVMC de Penouta.

Con la solicitud presentó aportó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde.

– Certificaciones de aprobación de las respectivas asambleas generales.

– Solicitud de conciliación.

– Memoria y planos.

Segundo. El 25.10.2022 dicha comunidad presentó un nuevo escrito (Rexel 2022/2603766) con el que aportaban la siguiente documentación:

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Viana do Bolo.

Tercero. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 26 de enero de 2023 hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde del perímetro colindante entre el MVMC Campo da Gonza, perteneciente a la CMVMC de Froxais, y el MVMC Devesa da Chanca, perteneciente a la CMVMC de Penouta, desde el vértice 1 (el situado más al este) hasta el vértice 4 (el situado más al oeste).

El vértice 1, Pedra das Cruces, afecta también a terrenos de la CMVMC de Corzos y de la de Ramilo; por tanto, considerando que dichas comunidades no participan de este deslinde, el vértice 1 tendrá la condición de punto auxiliar que permite definir la dirección de la línea en el tramo inicial del deslinde, siendo el vértice 2, Pena de Roldán, el primer punto del deslinde como tal.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación entre los vértices 2 y 4 indicados en el acta de conciliación, teniendo el punto 1 la consideración de vértice auxiliar que define la dirección de la línea en el tramo anterior al punto 2.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 26 de enero de 2023, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 17 de abril de 2023:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC Campo da Gonza, perteneciente a la CMVMC de Froxais, y Devesa da Chanca, perteneciente a la CMVMC de Penouta, en el ayuntamiento de Viana do Bolo.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 17 de octubre de 2023

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense