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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 9 de noviembre de 2023 Pág. 61609

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se establece el Plan general de la Inspección Educativa del curso 2023/24.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, regula en su título VII la inspección del sistema educativo y establece que corresponde a las administraciones públicas competentes ordenar, regular y ejercer la inspección educativa dentro del respectivo ámbito territorial.

El Decreto 99/2004, de 21 de mayo, por el que se regulan la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa y el acceso al cuerpo de inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Galicia, establece en su artículo 9 que la consellería competente en materia de educación fijará periódicamente las líneas y los criterios de actuación de la Inspección Educativa.

El Plan general de la Inspección Educativa es el documento en que se recogen las líneas y los criterios de actuación de la Inspección Educativa en el marco de las funciones que esta tiene encomendadas y de acuerdo con las prioridades establecidas por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, con el objeto de coordinar globalmente las actividades de supervisión, asesoramiento y evaluación que desarrollan los inspectores e inspectoras de Educación.

A partir del Plan general y de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 20 del Decreto 99/2004, de 21 de mayo, las jefaturas de los servicios territoriales de Inspección Educativa elaborarán los planes provinciales de actuación de la Inspección Educativa ateniéndose a las líneas básicas y prioritarias fijadas en este plan, sin perjuicio del margen de flexibilidad y autonomía que la singularidad provincial exige para adecuar el plan y las actuaciones previstas a la realidad educativa de la provincia.

Por todo lo anterior, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 99/2004, de 21 de mayo, a propuesta de la persona titular de la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo y en virtud de las competencias y funciones atribuidas mediante el Decreto 119/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades,

RESUELVO:

Primero. Objeto

Esta resolución tiene por objeto establecer el Plan general de la Inspección Educativa en el que se fijan las líneas y criterios de actuación de la Inspección Educativa para el curso 2023/24.

Segundo. Líneas estratégicas

La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa establece las siguientes líneas estratégicas:

1. Desarrollar y reforzar la ordenación del sistema educativo.

2. Evaluar el sistema educativo y contribuir a la mejora de su calidad.

3. Potenciar las lenguas extranjeras y la progresiva internacionalización de los centros educativos.

4. Desarrollar la Estrategia gallega de convivencia escolar Educonvives 2025.

5. Desarrollar la Estrategia gallega de inclusión Eduinclusión.

6. Impulsar la digitalización en los centros educativos y promover la adquisición de competencias digitales.

7. Mejorar la ordenación sobre el funcionamiento de los centros educativos que redunde en una mayor calidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje que en ellos se desarrollen.

8. Desarrollar un proceso de evaluación y mejora del sistema educativo.

Mediante el desarrollo del Plan general de la Inspección Educativa se contribuirá al logro de estas líneas estratégicas.

Tercero. Actuaciones

La Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo, además de impulsar y coordinar las actuaciones de los servicios territoriales de Inspección Educativa, desarrollará actuaciones encaminadas a impulsar procesos de mejora y el diseño y desarrollo de herramientas informáticas que permitan a la inspección educativa disponer de información actualizada sobre la gestión de los centros docentes, facilitando así su labor de supervisión y asesoramiento. Para ello la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo desarrollará las siguientes actuaciones:

– Elaborar e implementar protocolos normalizados para el desarrollo de las actuaciones de la Inspección Educativa.

– Impulsar la utilización de los sistemas informáticos para la gestión de los planes provinciales y del Plan general de Actuación de la Inspección Educativa.

– Potenciar la formación, actualización y perfeccionamiento de las inspectoras e inspectores, incidiendo en la utilización de las TIC.

– Crear y coordinar grupos de trabajo interprovinciales en el ámbito de la Inspección Educativa en áreas y temas de interés para la mejora de la calidad del sistema educativo y para la mejora del Servicio de Planificación y Coordinación de la Inspección Educativa y del Servicio de Evaluación del Sistema Educativo.

– Mantener actualizado el portal disponible para la Inspección Educativa, asesorar en los aspectos relativos a sus aplicaciones y elaborar recursos para uso de la inspección.

– Facilitar a los servicios territoriales de Inspección Educativa los modelos para la elaboración de los planes provinciales de actuación y de las respectivas memorias.

– Potenciar la obtención de información de los centros docentes mediante herramientas informáticas vinculadas a la aplicación informática XIE.

– Potenciar la informatización de los protocolos escolares mediante la aplicación Protocolos educativos.

– Establecer los criterios necesarios que propicien una actuación coordinada de la Inspección Educativa en el ejercicio de sus funciones y atribuciones.

– Priorizar las actuaciones de la Inspección Educativa en función de las necesidades detectadas, así como de los objetivos en la mejora de la calidad programados por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

– Consolidar un modelo de planificación e intervención de la Inspección Educativa en los centros educativos que facilite la recogida de la información derivada de las actuaciones realizadas en su ejercicio profesional.

– Elaborar un plan de formación anual para la Inspección Educativa atendiendo a las necesidades de formación de las cuatro provincias gallegas, que incluya un plan de acogida para los inspectores/as de nuevo ingreso o que se incorporen a los servicios provinciales en comisiones de servicio o por concurso de traslados.

– Incorporar a la Inspección Educativa, en tanto que agente de asesoramiento y supervisión del sistema educativo, a los programas europeos que desarrollen los diferentes órganos de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Las actuaciones de los inspectores e inspectoras para las que existan protocolos normalizados se gestionarán en la aplicación informática de gestión de la Inspección Educativa (XIE). A través de ella la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo y los servicios territoriales de Inspección Educativa realizarán su seguimiento.

Mediante el desarrollo del Plan general de la Inspección Educativa se contribuirá al logro de estas actuaciones.

Las actuaciones que realizará la Inspección Educativa para el período de vigencia de este plan se desarrollarán a través de protocolos normalizados facilitados por la Dirección General de Ordenación e Innovación educativa, con especial atención al calendario de implantación de la LOMLOE, cuya supervisión constituirá una de las acciones prioritarias de este plan.

Serán también actuaciones prioritarias:

– Seguimiento y evaluación del plan estratégico y de mejora de los centros incluidos en el programa Proa+.

– Seguimiento de las personas responsables de las unidades de acompañamiento y orientación familiar (UACO) en coordinación con el Servicio de Inclusión, Orientación y Convivencia.

– Supervisión del correcto funcionamiento del programa Acompaña.

– Supervisión y asesoramiento a los centros educativos sobre la nueva figura del coordinador de bienestar y convivencia.

– Supervisión y asesoramiento de las nuevas funcionalidades en PROENS.

– Supervisión de la implantación en los cursos pares del currículo LOMLOE.

– Supervisión de la agrupación de áreas en ámbitos en primaria y de la agrupación de materias en ámbitos en la ESO.

– Seguimiento y supervisión de los protocolos de matriculación en los centros educativos con especial incidencia en el segundo curso de bachillerato.

– Seguimiento y supervisión de los protocolos y programas educativos.

– Diseño de los marcos de las evaluaciones de diagnóstico y la organización y puesta en marcha de las pruebas.

– Supervisión de la implantación progresiva de la formación profesional dual en los centros educativos.

– Supervisión y evaluación de la función directiva.

– Supervisión y asesoramiento sobre las medidas de atención a la diversidad en los centros educativos.

– Asesoramiento a los centros que desarrollen un PFPP en las posibles mejoras que afecten a su diseño y elaboración.

– Seguimiento de la aplicación en los centros educativos del Decreto 8/2015, de 8 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa en materia de convivencia escolar.

– Asesoramiento en el procedimiento de convalidaciones en los centros educativos que imparten ESO y bachillerato, especialmente en lo que atañe a las convalidaciones recogidas en los anexos III y VII de la nueva Orden de 22 de junio de 2023 por la que se establecen medidas para la convalidación o la exención de materias de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato y materias de las enseñanzas profesionales de música y de danza o la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.

Serán objeto de este Plan general, en tanto que actuaciones prioritarias, los programas y líneas de actuación que determine para el curso 2023/24 la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Las actuaciones habituales son aquellas que dan respuesta a problemas o situaciones que surgen en el sistema educativo que, aun siendo previsibles, son de difícil programación.

Las actuaciones específicas son aquellas que tienen por objeto la recogida de datos o la supervisión en temas que son de especial interés para la política educativa de la consellería.

El trabajo de la Inspección Educativa no se limita a la realización de las actividades recogidas en los puntos anteriores. La Inspección interviene en una multitud de situaciones imprevisibles caracterizadas por la inmediatez, que implican la realización de otras actuaciones puntuales y sobrevenidas que, por razones del servicio, le son encomendadas en el marco de las funciones y competencias que tiene atribuidas.

Cuarto. Desarrollo del Plan general de la Inspección Educativa

1. El Plan general de la Inspección Educativa se desarrollará principalmente mediante las visitas de inspección establecidas en el artículo 6 de la Orden de 13 de diciembre de 2004 por la que se desarrolla el Decreto 99/2004, de 21 de mayo, por el que se regula el funcionamiento de la Inspección Educativa y el acceso al cuerpo de inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Cada persona inspectora dejará registro de cada visita a través de la aplicación de Gestión de la Inspección Educativa, XIE.

3. Las actuaciones establecidas por la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo contarán con un procedimiento para su ejecución y, en su caso, un informe específico que deberá quedar registrado en la aplicación XIE.

Quinto. Planes provinciales de actuación de la Inspección Educativa

1. Las jefaturas de los servicios territoriales de la Inspección Educativa desarrollarán y concretarán, en el ámbito provincial, las actuaciones que conforman el Plan general de la Inspección Educativa y asegurarán su ejecución en la temporalización establecida.

2. Las jefaturas de los servicios territoriales de la Inspección Educativa trasladarán a la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo, a través del Servicio de Planificación y Coordinación de la Inspección Educativa, actuaciones provinciales que redunden en la mejora del funcionamiento de los centros educativos a nivel provincial, conforme a los objetivos propuestos por las correspondientes jefaturas territoriales.

Sexto. Grupos de trabajo interprovinciales

1. Se crearán grupos de trabajo interprovinciales con una persona representante provincial de cada área de trabajo estructural, de las establecidas en el apartado a) del artículo 10 de la Orden de 13 de diciembre de 2004.

2. La persona representante provincial será propuesta por la jefatura del Servicio Territorial de Inspección Educativa correspondiente.

3. Los grupos interprovinciales trasladarán a la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo, a través del Servicio de Planificación y Coordinación de la Inspección Educativa, propuestas de actuaciones que redunden en la mejora de los aspectos objeto de actuación de estas áreas específicas.

4. Las propuestas deberán contener un procedimiento común para toda la Inspección Educativa, así como la documentación anexa que permita que las actuaciones sean eficientes y ejecutivas.

Séptimo. Actividades de formación

Para la formación y perfeccionamiento, así como la actualización, en todo lo que se refiere a las competencias y atribuciones de los inspectores e inspectoras de educación, la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades organiza actividades tales como cursos, encuentros, jornadas y otras modalidades de formación. Igualmente, fomenta su participación en convocatorias formativas, para las cuales se reservan plazas para los miembros de la Inspección Educativa.

Se organizarán jornadas periódicas que tendrán lugar a lo largo del curso. En ellas se tratarán temas de interés para la formación de la Inspección Educativa y se coordinará la información de las diferentes unidades de la consellería.

La formación puede generar proyectos de interés para la Inspección Educativa permitiendo que esta ejerza un liderazgo pedagógico que ayude al estudio y desarrollo de aspectos curriculares. Es el caso de los instrumentos de evaluación competencial. La Inspección Educativa podrá generar estudios piloto con la colaboración de los docentes y centros educativos para, con los resultados obtenidos, ayudar en la confección de exámenes competenciales.

Se promoverá la Internacionalización de la inspección educativa. Es de interés para la formación de los inspectores e inspectoras de Educación la formación y el intercambio de buenas prácticas a nivel internacional, de manera especial en el ámbito europeo. Por este motivo, desde la Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo se impulsarán y se apoyarán iniciativas que ayuden a la internacionalización de la inspección educativa y se impulsará la participación de las personas inspectoras de educación en los programas europeos Erasmus Plus y se iniciarán los trámites para la incorporación de la Inspección Educativa de la Comunidad Autónoma de Galicia al SICI (Standing International Conference of Inspectorates).

En general los inspectores y las inspectoras pueden participar en otras actividades formativas específicas: jornadas, encuentros y otras modalidades de formación organizadas por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades o bien en aquellas que, siendo reconocidas por la misma, puedan ser útiles para una puesta al día en aspectos curriculares, así como en los relativos a la organización de centros y del sistema educativo. Asimismo, pueden participar en modalidades formativas para docentes como son: estancias en el extranjero, programas de aprendizaje permanente, congresos, jornadas y encuentros promovidos por las administraciones educativas o por asociaciones de inspectores.

El plan de formación de la inspección educativa incluirá actividades que contribuyan a la acreditación de la competencia digital de los inspectores e inspectoras conforme a la Orden de 1 de junio de 2023 por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Octavo. Seguimiento de los planes

1. La Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo realizará un seguimiento de la ejecución del Plan general de la Inspección Educativa, como mínimo de manera trimestral, realizando las correcciones y propuestas de mejora que considere pertinentes.

2. Las jefaturas de los servicios territoriales de Inspección Educativa, al finalizar el curso escolar, recogerán en una memoria anual el desarrollo del plan provincial de actuación y trasladarán a la Subdirección General Inspección y Evaluación del Sistema Educativo las propuestas de mejora.

3. La Subdirección General de Inspección y Evaluación del Sistema Educativo recogerá en una memoria anual las conclusiones más relevantes de la ejecución del Plan general de inspección.

Disposición final. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2023

Judith Fernández Novoa
Directora general de Ordenación e Innovación Educativa