DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Martes, 21 de noviembre de 2023 Pág. 63817

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2023 por la que se modifica la Resolución de 17 de octubre de 2023, por la que se resuelven las solicitudes para la concesión de subvenciones previstas en la Orden de 28 de julio de 2023 por la que se procede a la segunda convocatoria del año 2023 para la concesión de subvenciones, plurianuales y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuntamientos para la construcción, reforma, reparación, adecuación o mejora de instalaciones deportivas de titularidad municipal y para la adquisición de material deportivo inventariable (código de procedimiento DE401C). Segunda concesión.

Antecedentes:

Primero. El 27 de marzo de 2023 se publicó la Orden de 21 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras, de carácter plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuntamientos para la construcción, reforma, reparación, adecuación o mejora de instalaciones deportivas de titularidad municipal y para la adquisición de material deportivo inventariable, y se procede a su convocatoria para los años 2023 y 2024 (código de procedimiento DE401C) (en adelante, bases reguladoras).

Segundo. El 9 de agosto de 2023 se publicó la Orden de 28 de julio de 2023 por la que se procede a la segunda convocatoria del año 2023 para la concesión de subvenciones, plurianuales y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuntamientos para la construcción, reforma, reparación, adecuación o mejora de instalaciones deportivas de titularidad municipal y para la adquisición de material deportivo inventariable (código de procedimiento DE401C) (en adelante, orden de convocatoria).

Tercero. El 25 de octubre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 17 de octubre de 2023 por la que se resuelven las solicitudes para la concesión de subvenciones convocadas mediante Orden de 28 de julio de 2023 (en adelante, Resolución de 17 de octubre de 2023).

Cuarto. Las entidades locales que se relacionan a continuación presentaron escritos de renuncia a la totalidad de la subvención que se indica en cada caso:

Renuncias

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

A Gudiña

P3203500H

I.1

70.512,75 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

A Pastoriza

P2704400G

I.1

106.683,09 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Sobrado

P1508100C

I.1

48.396,48 €

21.260,43 €

17.456,75 €

38.717,18 €

Rianxo

P1507300J

I.2

64.795,50 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Total

290.387,82 €

103.628,64 €

85.088,54 €

188.717,18 €

Quinto. Mediante resoluciones de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes de 2 de noviembre de 2023, se aceptan las renuncias a las subvenciones presentadas por las entidades locales relacionadas anteriormente.

El importe total a que asciende la suma de las cantidades afectadas por las renuncias es de 188.717,18 euros, correspondiendo 138.717,18 euros a la línea de actuación I.1 y 50.000,00 euros a la línea de actuación I.2:

Renuncias línea I.1

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

A Gudiña

P3203500H

I.1

70.512,75 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

A Pastoriza

P2704400G

I.1

106.683,09 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Sobrado

P1508100C

I.1

48.396,48 €

21.260,43 €

17.456,75 €

38.717,18 €

Total

225.592,32 €

76.172,57 €

62.544,61 €

138.717,18 €

Renuncias línea I.2

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Rianxo

P1507300J

I.2

64.795,50 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Total

64.795,50 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Sexto. El apartado primero de la Resolución de 17 de octubre de 2023 resuelve las solicitudes estimadas.

Como se detalla en su anexo I, al Ayuntamiento de Guntín (beneficiario de una subvención en la línea I.1) y al Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas (beneficiario de una subvención en la línea I.2) se le concedieron ayudas parciales al haberse agotado el crédito de cada línea de actuación:

Así, el detalle de las subvenciones parcialmente concedidas a los citados ayuntamientos es el siguiente:

Nombre del ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Guntín

P2702300A

I.1

53.728,18 €

21.221,77 €

17.425,00 €

38.646,77 €

San Cibrao das Viñas

P3207600B

I.2

47.885,64 €

11.424,56 €

9.380,60 €

20.805,16 €

Non obstante, el importe máximo que les correspondería sino se agotara el crédito sería el siguiente:

Nombre del ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Guntín

P2702300A

I.1

53.728,18 €

23.601,71 €

19.380,83 €

42.982,54 €

San Cibrao das Viñas

P3207600B

I.2

47.885,64 €

21.035,20 €

17.273,31 €

38.308,51 €

Por lo tanto, el importe adicional que les corresponde es el siguiente:

Nombre del ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Guntín

P2702300A

I.1

53.728,18 €

2.379,94 €

1.955,83 €

4.335,77 €

San Cibrao das Viñas

P3207600B

I.2

47.885,64 €

9.610,64 €

7.892,71 €

17.503,35 €

Séptimo. Por otra parte, el punto segundo de la Resolución de 17 de octubre de 2023 resuelve las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito, de conformidad con la puntuación otorgada en la Comisión de Valoración según el informe emitido en fecha 10 de octubre de 2023.

El crédito resultante de las renuncias citadas en el antecedente quinto en cada línea de actuación, tras descontar los importes correspondientes a las ampliaciones de los ayuntamientos de Guntín y de San Cibrao das Viñas, es el siguiente:

• Línea I.1: 134.381,41 €.

• Línea I.2: 32.496,65 €.

En virtud del artículo 21 de las bases reguladoras, a la vista de la relación de solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y la orden de prelación fijada según informe de la Comisión de Valoración, las entidades locales solicitantes a las que corresponde la subvención serían las siguientes:

Línea I.1:

2ª concesión línea I.1

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Covelo

P3601300A

I.1

33.540,00 €

14.734,02 €

12.097,98 €

26.832,00 €

San Xoán de Río

P3207100C

I.1

62.500,00 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Monterrei

P3205100E

I.1

33.700,45 €

14.804,51 €

12.155,85 €

26.960,36 €

O Vicedo (*)

P2706400E

I.1

288.559,57 €

16.798,03 €

13.791,02 €

30.589,05 €

Total

73.792,63 €

60.588,78 €

134.381,41 €

(*) Al Ayuntamiento de O Vicedo le correspondería una ayuda parcial y no la total de 50.000,00 euros, al agotarse el crédito disponible en la línea de actuación I.1 tras las renuncias presentadas.

Línea I.2:

2ª concesión línea I.2

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Xinzo de Limia (*)

P3203300C

I.2

47.965,40 €

17.845,43 €

14.651,22 €

32.496,65 €

Total

17.845,43 €

14.651,22 €

32.496,65 €

(*) Al ayuntamiento de Xinzo de Limia le correspondería una ayuda parcial y no la total de 38.372,32 euros, al agotarse el crédito disponible en la línea de actuación I.2 tras las renuncias presentadas.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la orden de convocatoria, el secretario general para el Deporte elevó la propuesta de resolución de concesión, conforme a todo lo actuado, a la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

Segunda. El artículo 21 de la Orden de 6 de junio de 2023 establece que las cantidades que resulten sobrantes por causa de renuncia o no presentación de las justificaciones correspondientes por parte de los ayuntamientos beneficiarios se podrán dedicar a subvencionar los ayuntamientos que presentaron, en plazo, solicitud de subvención al amparo de esta orden, de acuerdo con la orden de prelación resultante de la valoración efectuada por la Comisión de Valoración.

Tercera. En fecha 7 de noviembre de 2023, el secretario general para el Deporte emite informe propuesta de modificación de la Resolución de 17 de octubre de 2023, para ampliar la ayuda a los ayuntamientos de Guntín y San Cibrao das Viñas (hasta el máximo subvencionable) y para conceder subvención a los ayuntamientos de Covelo, San Xoán de Río, Monterrei, O Vicedo y Xinzo de Limia, de conformidad con la prelación fijada según informe de la Comisión de Valoración emitido el 10 de octubre de 2023.

Según el citado informe propuesta del secretario general para el Deporte, las solicitudes, las actuaciones a desarrollar objeto de las solicitudes de subvención, las cuantías y los trámites de expedientes se ajustan a lo establecido en dicha convocatoria y bases reguladoras.

Los importes de las subvenciones serán del 80 % del presupuesto de actuación, hasta el límite máximo de 50.000,00 euros para la línea I, de conformidad con el artículo 2.2 de las bases reguladoras y con el artículo 2.2 de la orden de convocatoria.

Una vez determinado el importe total de la subvención, se distribuye en las dos anualidades previstas, en la misma proporción que está distribuido el crédito asignado a la convocatoria realizada, resultando que el 54,91 % se imputa al 2023 y el 45,09 % se imputa al 2024.

Cuarta. De conformidad con el artículo 35 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la modificación de la resolución a consecuencia de la renuncia de las entidades locales relacionadas en esta resolución no daña derechos de terceros y no afecta al resultado de la baremación en base a la que se le adjudicó la subvención otorgada, de conformidad con los criterios aplicados que figuran en el artículo 10 de las bases reguladoras de las subvenciones de estas ayudas.

Quinta. Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la publicación en el DOG surtirá los mismos efectos que la notificación individualizada, sin perjuicio de la misma. Esta publicación también se realizará en la página web de la Secretaría General para el Deporte.

Sexta. En base a la propuesta formulada por la Secretaría General para el Deporte de 7 de noviembre de 2023, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, y vistos los informes favorables emitidos por la Intervención Delegada el día 8 de noviembre de 2023, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,

RESUELVO:

Primero. Modificar la Resolución de 17 de octubre de 2023 por la que se resuelven las solicitudes para la concesión de subvenciones previstas en la Orden de 28 de julio de 2023, por la que se procede a la segunda convocatoria del año 2023 para la concesión de subvenciones, plurianuales y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuntamientos para la construcción, reforma, reparación, adecuación o mejora de instalaciones deportivas de titularidad municipal y para la adquisición de material deportivo inventariable (código de procedimiento DE401C), para ampliar el importe de la subvención de los ayuntamientos de Guntín y de San Cibrao das Viñas, hasta el máximo subvencionable, y para conceder subvención a los nuevos beneficiarios, en los siguientes términos:

Línea I.1:

2ª concesión línea I.1

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Puntos total

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

Guntín (*)

P2702300A

24

I.1

53.728,18 €

2.379,94 €

1.955,83 €

4.335,77 €

Covelo

P3601300A

23

I.1

33.540,00 €

14.734,02 €

12.097,98 €

26.832,00 €

San Xoán de Río

P3207100C

22

I.1

62.500,00 €

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

Monterrei

P3205100E

22

I.1

33.700,45 €

14.804,51 €

12.155,85 €

26.960,36 €

O Vicedo (**)

P2706400E

21,5

I.1

288.559,57 €

16.798,03 €

13.791,02 €

30.589,05 €

Total

76.172,57 €

62.544,61 €

138.717,18 €

(*) Ampliación del importe.

(**) Al Ayuntamiento de O Vicedo le correspondería una ayuda parcial y no la total de 50.000,00 euros, al agotarse el crédito disponible en la línea de actuación I.1 tras las renuncias presentadas.

Línea I.2:

2ª concesión línea I.2

Nombre del
ayuntamiento

NIF

Puntos total

Línea de actuación

Presupuesto del proyecto subvencionado

Ayuda 2023

Ayuda 2024

Ayuda total

San Cibrao das Viñas (*)

P3207600B

57,2

I.2

47.885,64 €

9.610,64 €

7.892,71 €

17.503,35 €

Xinzo de Limia (**)

P3203300C

53,2

I.2

47.965,40 €

17.845,43 €

14.651,22 €

32.496,65 €

Total

27.456,07 €

22.543,93 €

50.000,00 €

(*) Ampliación del importe.

(**) Al ayuntamiento de Xinzo de Limia le correspondería una ayuda parcial y no la total de 38.372,32 euros, al agotarse el crédito disponible en la línea de actuación I.2 tras las renuncias presentadas.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la bases reguladoras, las entidades locales beneficiarias dispondrán de un plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución, para comunicar la aceptación de la subvención y de las condiciones contenidas en la misma, o bien para comunicar la renuncia a la subvención concedida. Transcurrido el plazo sin que se produzca manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada la subvención.

Tercero. Según el artículo 5 de las bases reguladoras y el artículo 5 de la orden de convocatoria, las entidades locales que resulten beneficiarias quedarán obligadas a presentar el correspondiente proyecto técnico y las autorizaciones administrativas municipales y sectoriales oportunas, si la entidad y la complejidad de las obras que se vayan a ejecutar lo exigen.

Cuarto. Para la justificación de la subvención, según el artículo 12 de la orden de convocatoria, las entidades locales beneficiarias tendrán un plazo para ejecutar las actuaciones subvencionadas y presentar la correspondiente justificación, según la documentación establecida en el referido artículo, hasta el 27 de noviembre de 2023, para la primera anualidad, y hasta el 31 de octubre de 2024, para la segunda anualidad.

Esta resolución agota la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia,
Justicia y Deportes