DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 1 de diciembre de 2023 Pág. 66556

III. Otras disposiciones

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2023 por la que se publica la oferta de empleo público del personal de administración y servicios para el año 2023.

El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público en su artículo 70, y el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, establecen la oferta anual de empleo público como mecanismo de planificación de las necesidades de selección de personal en las administraciones públicas. Este es el instrumento previsto a tal efecto, en el artículo 43 de los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela, aprobados por el Decreto 14/2014, de 30 de enero, y publicados en el Diario Oficial de Galicia el 12 de febrero de 2014.

El artículo 20.Uno.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023 dispone que «La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se llevará a cabo a través de la oferta de empleo público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual».

Al mismo tiempo, el apartado 3 del mismo artículo de la ley establece los sectores prioritarios a los efectos del cálculo de la tasa de reposición: «I) Plazas de los cuerpos de catedráticos de universidad y de profesores titulares de universidad, de profesores contratados doctores de universidad regulados en el artículo 52 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las universidades, siempre que por parte de las administraciones públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias».

En este marco y teniendo en cuenta los puestos de trabajo vacantes se elabora la oferta de empleo público para el año 2023 relativa al personal de Administración y Servicios tanto funcionario de cuerpos y escalas de la Administración general como de categorías de personal laboral, estableciéndose los criterios en que debe enmarcarse esta oferta, de conformidad con el previsto en el artículo 36 de la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023, así como el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023.

Para determinar la tasa de reposición de las plazas de acceso libre se tuvo en cuenta el número de jubilaciones, fallecimientos y las situaciones de excedencia e incapacidad sin reserva de puesto de trabajo durante el año 2023. No se produjeron reingresos en el período mencionado. Teniendo en cuenta la tasa de reposición del 120 %, el número de plazas de la oferta de empleo público general del año 2023 es de 41.

De conformidad con esta ley la planificación de los recursos humanos en el ámbito del empleo público tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios públicos y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles, mediante la determinación de los efectivos precisos y la mejora de su distribución, formación, promoción y movilidad.

En esta oferta se incluye, después de la negociación, la oferta general destinada a cubrir las necesidades estructurales, la oferta de consolidación de personal indefinido no fijo por sentencia, la oferta de estabilización ordinaria, así como la oferta de promoción interna separada.

Los criterios para la determinación de las plazas a ofertar responden a la situación económica de la universidad y a las necesidades de recursos humanos producidas por jubilaciones. Teniendo en cuenta también la elevada media de edad del PAS, la propuesta para la oferta general se dirige a la captación de personal en puestos generales que renueven la plantilla.

Por otra parte, la oferta de consolidación de personal indefinido no fijo por sentencia judicial y la de estabilización ordinaria responden al cumplimiento de las disposiciones legales sobre esta cuestión y no suponen incremento presupuestario por ser plazas actualmente dotadas y ocupadas.

Por último, la oferta de promoción interna separada responde a una estrategia de cualificación del personal al mismo tiempo que se garantiza el derecho a la carrera profesional.

De conformidad con todo el expuesto, y después de la negociación y acuerdo en la Mesa general de personal de administración y servicios de 28 de julio, emitida la preceptiva autorización por la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consellería de Hacienda y Administración Pública y, conforme el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 12 de septiembre de 2023, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el personal de administración y servicios de 2023, el gerente de la Universidad de Santiago de Compostela, en virtud de lo previsto en el punto seis del apartado noveno de la Resolución de 22 de abril de 2022, sobre delegación de competencias en determinados órganos universitarios, publicada en el DOG núm. 79, de 26 de abril,

RESUELVE:

Primero. Publicación de la oferta de empleo público

Publicar la oferta de empleo público del personal de administración y servicios de la USC para el año 2023, recogida en los anexos de esta resolución.

Segundo. Determinación de la oferta de empleo público

El anexo I relaciona las plazas que se ofertan para cubrir las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso con cargo al 120 % de la tasa de reposición de efectivos prevista para el año 2023.

El anexo II relaciona las plazas destinadas a la regularización de la situación del personal indefinido no fijo por sentencia judicial, previa creación de las plazas correspondientes en la Relación de Puestos de Trabajo, de conformidad con el establecido en el artículo 28 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

El anexo III contempla, para el año 2023, la plaza de estabilización correspondiente a los años anteriores que resultó desierta en los procesos convocados dotada presupuestariamente en el ámbito del personal de administración y servicios, que estuvo ocupada ininterrumpidamente en los tres años anteriores, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021.

En último lugar, el anexo IV contempla una oferta de promoción interna separada que da respuesta a la reserva de plazas contemplada en el Convenio colectivo para el personal laboral de administración y servicios de la Universidad de Santiago de Compostela y a la reserva dispuesta en el artículo 80 de la Ley 2/2015, de 29 de abril.

Tercero. Reserva de plazas para discapacidad

El artículo 59 del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, prevé la reserva de una cuota no inferior al 7 % de las vacantes ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando cóomo tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad, así como la compatibilidad en el desempeño de sus funciones.

Para cumplir lo establecido en el apartado anterior, en las ofertas para acceso libre se reserva un porcentaje del 7 % para ser cubierto por personas que acrediten discapacidad. La reserva se realiza en aquellas escalas y categorías en las que las actividades o funciones a realizar son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad.

Los sistemas de selección que se convoquen para personas con discapacidad se desarrollarán de conformidad con el establecido en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos selectivos o el período de prácticas, se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubieran presentado por el cupo de reserva superara los ejercicios y no obtuviera plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por las otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general. Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en los procesos selectivos se podrán acumular al turno general.

Cuarto. Promoción interna separada

De conformidad con el artículo 43 de los estatutos de la USC, esta oferta establece en el anexo IV la oferta de promoción interna para el personal laboral y funcionario cuyo número de plazas responde a la reserva prevista en los instrumentos convencionales correspondientes para el personal laboral y a la prevista en la Ley 2/2015, del empleo público de Galicia, para el personal funcionario.

El artículo 70.3 del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que el decreto por el que se apruebe la oferta de empleo público podrá contener medidas derivadas de la planificación de los recursos humanos. En este sentido, la promoción interna es una de las medidas derivadas de la planificación de los recursos humanos que tiene por objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que constituye una vía para la adquisición de competencias y como requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores.

Quinto. Acumulación de plazas correspondientes a ofertas de años anteriores

Podrán convocarse en un único proceso selectivo las plazas ofertadas de personal funcionario correspondientes a los cuerpos y escalas de personal funcionario y a las categorías de personal laboral relacionadas en los anexos de la presente oferta conjuntamente con las derivadas de las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2021 y 2022 que estén pendientes de convocar.

Sexto. Publicidad de las convocatorias

Las convocatorias de las pruebas selectivas de acceso libre derivadas de esta oferta se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado para garantizar la publicidad exigida en el artículo 91.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario.

Santiago de Compostela, 23 de noviembre de 2023

Antonio Javier Ferreira Fernández
Gerente de la Universidad de Santiago de Compostela

ANEXO I

Oferta general

Subgrupo/grupo

Escala/categoría

Acceso Libre

Reserva con discapacidad

General

Total

II

Diplomado Enfermería (DUE)

-

1

1

III

Téc. Esp. Investigación (esp. electrónica)

-

1

1

III

Téc. Esp. Investigación (esp. química )

-

2

2

III

Téc. Esp. Escola Infantil

-

1

1

C2

Escala Auxiliar

3

33

36

Total

3

38

41

ANEXO II

Oferta de consolidación de personal indefinido no fijo por sentencia

Subgrupo/grupo

Escala/categoría

Plazas

III

Téc. Esp. Investigación (esp. química)

1

Total

1

ANEXO III

Oferta de estabilización ordinaria

Subgrupo/grupo

Escala/categoría

Acceso libre

Reserva con discapacidad

General

Total

III

Téc. Esp. Investigación

(esp. biología)

-

1

1

Total

0

1

1

ANEXO IV

Promoción interna independente

Subgrupo/grupo

Escala/categoría

Reserva con discapacidad

General

Total

A2

Escala Gestión

2

6

8

A2

Escala Ayudante de Bibliotecas,

Archivos y Museos

-

2

2

C1

Escala Administrativa

-

1

1

II.1

Técnico/a Gestor TIC

1

4

5

II.2

Técnico/a de Grado Medio de Investigación

1

5

6

III.1

Técnico/a Especialista Publicaciones

-

3

3

III.3

Técnico/a de servicios generales

5

20

25

III.3

Socorrista

-

2

2

Total

9

43

52