DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 22 de enero de 2024 Pág. 5654

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 17 de enero de 2024 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio con las sociedades de garantía recíproca y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape-pymes), y se procede a su convocatoria para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG535A).

BDNS (Identif.:) 739787.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio) de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de la Unión Europea, físicas o jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, localizada en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Que cumplan los requisitos y condiciones establecidos para la correspondiente línea de financiación, que se detallan en el anexo I a las bases reguladoras.

También podrán tener la condición de beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos del anterior número 1.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y su objetivo es regular las condiciones y el procedimiento de tramitación del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio entre el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), las sociedades de garantía recíproca (SGR) y las entidades de crédito adheridas, que se desglosa en las líneas de financiación específicas detalladas en el anexo I a las bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 17 de enero de 2024 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del marco de apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio con las sociedades de garantía recíproca y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape-pymes), y se procede a su convocatoria para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG535A).

Cuarto. Importe

Se dotarán provisiones para atender posibles fallidos del ejercicio 2024 por el importe máximo de 2.000.000 de € (partida presupuestaria 09.A1.741A.8900). En relación con las compensaciones económicas a las SGR, los créditos disponibles en esta convocatoria serán de 250.000 € para el ejercicio 2024 y de 270.000 € para el ejercicio 2025, partida presupuestaria 09.A1.741A.7700, previa existencia de crédito adecuado y suficiente. La subsidiación al tipo de interés y/o a las comisiones de aval se financiará con cargo a la partida presupuestaria 09.A1.741A.7700, con una dotación de 250.000 € para el ejercicio 2024, 4.430.000 € para el ejercicio 2025 y 4.500.000 € para el ejercicio 2026.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo comenzará a las 8.00 horas del día hábil siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará a las 14.00 horas del día 30 de septiembre de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Santiago de Compostela, 17 de enero de 2024

Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica