La Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud (Diario Oficial de Galicia núm. 196, de 14 de octubre), establece medidas extraordinarias y temporales en materia de empleo público dirigidas a garantizar la adecuada atención sanitaria de toda la población gallega, con el fin de impulsar la incorporación urgente, estable y permanente de personal a los puestos de difícil cobertura, incluida en su ámbito la categoría de facultativo especialista de atención primaria, y posibilitar la realización del segundo proceso selectivo por el sistema de concurso en esta categoría.
El Decreto 32/2023, de 13 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud para el año 2023, incluyó la oferta de 72 plazas de facultativo/a especialista de atención primaria.
Celebrado el acto de elección de destino convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos (Diario Oficial de Galicia núm. 237, de 15 de diciembre), resultaron adjudicadas 65 plazas, siendo necesaria la resolución del proceso selectivo respecto de los destinos adjudicados dadas las necesidades expuestas. Del acto de elección resultaron pendientes de adjudicación 7 plazas.
La base décima de la misma resolución establece que, una vez adjudicados los destinos, se publicará en el Diario Oficial de Galicia la resolución por la que se declare finalizado el proceso selectivo, con el nombramiento como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud y la asignación de destino de aquellos/as aspirantes seleccionados/as que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Al amparo de la mencionada resolución, esta dirección general, como órgano convocante del proceso,
RESUELVE:
Primero. Publicar la relación actualizada de aspirantes definitivamente seleccionados/as en el proceso selectivo y nombrar como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud, en la categoría de facultativo/a especialista de atención primaria, a los/las aspirantes que se incluyen en el anexo de esta resolución.
Adjudicar a los/las mencionados/as aspirantes, con carácter de destino definitivo, la plaza correspondiente que figura en el indicado anexo y declarar finalizado para los citados aspirantes el concurso-oposición para el ingreso en la categoría de facultativo/a especialista de atención primaria, convocado por la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 4 de mayo de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 92, de 15 de mayo).
Segundo. Este concurso de méritos se tramitó en ejecución de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario, y la mencionada ley, como figura en su parte expositiva, incluye en su artículo 2 unas garantías para que el personal seleccionado «se incorpore y permanezca varios años en el desempeño efectivo de los puestos adjudicados».
Por lo tanto, en cumplimiento de lo que dispone ese artículo 2 y la convocatoria de este concurso de méritos:
a) Los/las aspirantes nombrados/as dispondrán del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para incorporarse de modo efectivo y permanente al servicio activo en el destino elegido y adjudicado, tanto en la jornada ordinaria en los centros de salud como en la complementaria para prestar servicios de atención continuada en los PAC de referencia.
La falta de incorporación al destino en esas condiciones y plazo, sin causa justificada, sobrevenida a la solicitud de participación en el concurso, o de fuerza mayor, impedirá la perfección del nombramiento y la adquisición de la condición de personal estatutario fijo del/de la aspirante, y quedarán sin efecto todas sus actuaciones en el proceso.
b) Posteriormente, podrán participar en los concursos de traslados de la categoría de facultativo especialista de atención primaria, o en los sistemas de promoción interna o provisión de plazas de otra categoría, cuando cumplan los requisitos comunes de esos procedimientos y acrediten dos años de permanencia en la situación de servicio activo en el centro elegido y adjudicado como destino en esta resolución. En consecuencia, deberán ser excluidos de cualquier proceso en el que estén participando en el momento en que se incorporen al servicio activo como personal facultativo especialista de atención primaria.
Tercero. En aplicación de la base 10.3 de la resolución de convocatoria del proceso, la no incorporación al servicio activo en el destino adjudicado y en el plazo establecido impedirá la perfección del nombramiento y la adquisición de la condición de personal estatutario fijo del/de la aspirante, y quedarán sin efecto todas sus actuaciones en el proceso. En este supuesto, el órgano convocante procederá a seleccionar y nombrar personal estatutario fijo de la categoría a nuevos/as aspirantes, en el número que corresponda y por el orden de prelación que resulte de la lista definitiva de la categoría entre aquellos aspirantes que hayan elegido los destinos no adjudicados, con independencia del turno de acceso del aspirante que no se incorporó al servicio activo. Realizadas estas adjudicaciones, se publicará resolución ofertando nuevamente en el acto de elección las siguientes plazas que no hayan resultado adjudicadas en el primer acto de elección:
Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza.
Centro de salud |
Turno |
PAC de referencia |
Ribeira-Aguiño-Corrubedo-Palmeira |
Desplazable |
Ribeira/A Pobra do Caramiñal do Caramiñal/Boiro |
Área Sanitaria de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras.
Centro de salud |
Turno |
PAC de referencia |
A Mezquita |
Mañana |
Verín/ZEU Gudiña/A Mezquita |
A Pobra do Caramiñal de Trives |
Mañana |
Trives/Castro Caldelas |
Calvos de Randín-Baltar |
Mañana |
Xinzo de Limia/Allariz/Celanova |
O Carballiño/Beariz |
Mañana |
O Carballiño/Ribadavia |
Cualedro/Laza |
Mañana |
Verín/ZEU Gudiña/A Mezquita |
Lobios-Entrimo |
Mañana |
Celanova/Bande |
O Carballiño |
Desplazable |
O Carballiño |
Cuarto. De conformidad con la disposición adicional segunda del Decreto 70/2017, de 13 de julio (Diario Oficial de Galicia núm. 145, de 1 de agosto), como condición para el perfeccionamiento del nombramiento que se expida, los/las aspirantes seleccionados/as deberán realizar, con carácter obligatorio, y en un plazo no superior a los seis meses contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia del correspondiente nombramiento como personal estatutario fijo, las actividades formativas para la obtención del nivel básico de conocimiento en materia de igualdad de género, y prevención y lucha contra la violencia de género previstas en el artículo 4 de la mencionada regulación.
No tendrán que realizar esta actividad formativa los/las aspirantes seleccionados/as que la hubieran realizado con anterioridad, cuando conste registrada en Fides/expedient-e y haya sido debidamente convalidada.
Quinto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta dirección, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o se podrá impugnar directamente en la jurisdicción contencioso-administrativa en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Santiago de Compostela, 16 de enero de 2024
Ana María Comesaña Álvarez
Directora general de Recursos Humanos