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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 29 de febrero de 2024 Pág. 16271

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el Acuerdo de 27 de febrero de 2024 de la Consellería de Hacienda y Administración Pública y la Consellería de Medio Rural por el que se encomiendan a esta última determinados actos de gestión de las listas de contratación temporal de personal laboral o para el nombramiento de persoal interino de plazas reservadas a personal funcionario de cuerpos o escalas equivalentes dedicado a las tareas de prevención de incendios forestales.

Las consellerías de Hacienda y Administración Pública y del Medio Rural firmaron el 27 de febrero de 2024 un acuerdo para gestionar determinados actos de gestión de las listas de contratación temporal de personal laboral o para el nombramiento de personal interino de plazas reservadas a personal funcionario de cuerpos o escalas equivalentes dedicado a las tareas de prevención de incendios forestales de Galicia.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente resolución.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 2024

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO

Acuerdo de 27 de febrero de 2024 entre la Consellería de Hacienda
y Administración Pública y la Consellería del Medio Rural por el que se encomiendan a esta última determinados actos de gestión de las listas de contratación temporal de personal laboral o para el nombramiento de personal interino de plazas reservadas a personal funcionario de cuerpos o escalas equivalentes dedicado a las tareas de prevención de incendios forestales

Con el objeto de conseguir una mayor eficacia en la gestión del personal temporal correspondiente a las categorías de personal laboral que se especifican en el anexo I de este acuerdo o personal funcionario interino de cuerpos o escalas equivalentes de los servicios de prevención de incendios forestales, se encomiendan determinados actos de gestión de las listas de contratación temporal a la Consellería del Medio Rural desde el año 2007.

Estas consellerías, dado el plazo de vigencia de la encomienda acordada en el año 2022, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en la disposición adicional primera del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia,

ACUERDAN:

Cláusula 1.

Encomendar a la Consellería del Medio Rural determinados actos de gestión de las listas de contratación temporal de personal laboral de las categorías que se especifican en el anexo I de este acuerdo o para el nombramiento de personal interino de plazas reservadas a personal funcionario de cuerpos o escalas equivalentes, reguladas en el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, del personal de la Xunta de Galicia dedicado a las tareas de prevención de incendios forestales.

La encomienda abarcará las siguientes actuaciones y tendrán el alcance que en cada caso se señala:

a) La organización y realización de la prueba física a la que deben someterse los distintos integrantes de las listas.

b) La realización de los llamamientos para la cobertura temporal de los distintos puestos de trabajo reservados a las categorías de personal laboral dedicadas las tareas de prevención de incendios forestales que constan en el anexo I o cuerpos o escalas de personal funcionario declaradas equivalentes en el anexo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre. A tales efectos se utilizará una aplicación informática proporcionada por la Dirección General de la Función Pública cuando este llamamiento se realice desde la lista definitiva de admitidos.

Cláusula 2.

La encominenda de gestión no supone la cesión de la titularidad de las competencias.

Cláusula 3.

La encomienda tendrá un plazo de vigencia de dos años a partir de su publicación. Este plazo podrá ser prorrogado por igual período, por acuerdo expreso de las partes que se publicará antes del final de su plazo de vigencia.

Disposición final

Este acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 2024

Miguel Corgos López-Prado

José González Vázquez

Conselleiro de Hacienda y Administración Pública

Conselleiro del Medio Rural

ANEXO I

Grupo

Categoría

Denominación

I

038

Técnico/a superior defensa contra incendios forestales

II

039

Técnico/a forestal defensa contra incendios forestales

III

100

Bombero/a forestal jefe/a de brigada

IV

032

Operador/a codificador/a de datos de defensa contra incendios forestales

IV

033

Bombero/a forestal conductor/a de motobomba

IV

037

Oficial/a 2ª mecánico máquinas defensa contra incendios forestales

V

10A

Vixilante móvil defensa contra incendios forestales

V

10B

Vixilante fijo/a de defensa contra incendios forestales

V

10C

Emisorista de defensa contra incendios forestales. Escucha incendios

V

014

Bombero/a forestal

V

14A

Bombero/a forestal conductor/a