La persona titular del Servicio de Movilidad de Pontevedra acordó la incoación del expediente sancionador PO-03132-O-2023 y doce más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.
Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la finalización del procedimiento sancionador.
Pontevedra, 13 de febrero de 2024
Joaquín San Martín Zamácola
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
Expediente Matrícula |
DNI/CIF del/de la denunciado/a |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto cualificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
PO-03132-O-2023 LE-6283-AB |
34981733K |
La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibración o revisión periódica en los plazos y forma establecidos. |
Artículo 140.34 de la LOTT Artículo 197.39 del ROTT |
Artículo 143.1.g) de la LOTT |
1.001 euros |
PO-03848-O-2023 4632-HFZ |
X7175792E |
La realización de transportes públicos de mercancías, así como la contratación como porteador o la facturación en nombre propio de servicios de transporte careciendo de la autorización, siempre que se acredite que en el momento de realizarlos o contratarlos se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación del inicio del expediente. |
Artículo 142.1 de la LOTT Artículo 199.1 del ROTT |
Artículo 143.1 de la LOTT Artículo 201.c) del ROTT |
301 euros |
PO-03849-O-2023 4632-HFZ |
X7175792E |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. |
Artículo 141.17 de la LOTT Artículo 198. 21 del ROTT |
Artículo 143.1.d) de la LOTT Artículo 201.d) del ROTT |
401 euros |
PO-04266-O-2023 7080-DGC |
76909284K |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-04739-O-2023 8387-CTZ |
76906221V |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-04761-O-2023 8387-CTZ |
76906221V |
Exceso de peso igual o superior al 25 %. |
Artículo 140.23 de la LOTT Artículo 197.26 del ROTT |
Artículo 143.1.c) de la LOTT Artículo 201.h) del ROTT Artículo 143.1 de la LOTT |
2.001 euros |
PO-04762-O-2023 OR-7694-O |
76934366X |
Exceso de peso superior al 5 %. |
Artículo 142.2 de la LOTT |
Artículo 143.1.c) de la LOTT |
301 euros |
PO-04849-S-2023 5482-FLB |
55149450G |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. |
Artículo 141.17 de la LOTT Artículo 198.21 del ROTT |
Artículo 143.1.d) de la LOTT Artículo 201.d) del ROTT |
401 euros |
PO-04857-O-2023 4401-BVV |
X6943250X |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-04859-O-2023 C-5426-BP |
Y3599866N |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-04866-O-2023 PO-1058-BL |
77414832Y |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
PO-05022-O-2023 5712-CMN |
Y0264117E |
Exceso de peso igual o superior al 15 %. |
Artículo 141.2 de la LOTT Artículo 198.3 del ROTT |
Artículo 143.1.c) de la LOTT Artículo 201.f) del ROTT |
801 euros |
PO-05262-I-2023 4632-HFZ |
X7175792E |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. |
Artículo 140.12 de la LOTT Artículo 197.13 del ROTT |
Artículo 143.1 de la LOTT Artículo 201.i) del ROTT |
4.001 euros |