Conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) se les notifica a las personas que se relacionan en el anexo los acuerdos de inicio dictados por la persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña en los expedientes sancionadores número XC-01100-O-2024 y otros cuatro más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, al resultar infructuosa su notificación postal. La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.
El texto íntegro del acuerdo que se notifica, junto con el resto de la documentación del expediente, se encuentra a disposición de las personas interesadas en el Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les otorga un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
A Coruña, 30 de julio de 2024
César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
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Expediente Matrícula |
DNI/CIF Denunciado |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-pk |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
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XC-01100-O-2024 7390-LZF |
79312119T |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, sin título habilitante. 29.1.2024; 10.17.00; AC-552; 64,0 |
Art. 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
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XC-01454-O-2024 7414-LZF |
47369339B |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, sin título habilitante. 12.2.2024; 10.47.00; AC-552; 60,5 |
Art. 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
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XC-01468-O-2024 7414-LZF |
47369339B |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, sin título habilitante. 01.2.2024; 11.39.00; AC-441; 13,9 |
Art. 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
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XC-01999-O-2024 0289-KRT |
36089206K |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, sin título habilitante. 25.4.2024; 19.41.00; AC-546; 14,869 |
Art. 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
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XC-02076-O-2024 5998-JFY |
Y7222558C |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, sin título habilitante. 24.4.2024; 10.19.00; AC-523; 6,381 |
Art. 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) de la LOTT |
801 euros |
