El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 31, establece que es competencia plena de la Comunidad Autónoma de Galicia la regulación y la administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades, competencia que el Decreto 138/2024, de 20 de mayo, atribuye a la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional.
La Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, en su artículo 79.6, establece que se impulsará la especialización de los centros de formación profesional, la creación de centros integrados y la generación de redes de especialización inteligente entre ellos.
El Real decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos que deben reunir los centros integrados de formación profesional (CIFP), concibe estos centros como un instrumento para asegurar una nueva oferta integrada que capacite para el desempeño calificado de las distintas profesiones y sirva de recurso formativo permanente a la población adulta para mejorar sus condiciones de empleabilidad.
El Decreto 266/2007, de 28 de diciembre, que regula los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia, establece como acciones formativas que se incluyen en estos centros las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de las personas trabajadoras y las dirigidas a la formación permanente de la población trabajadora ocupada. En cuanto a la forma de creación de los CIFP, dicho decreto señala en su artículo 3 que podrán ser de nueva creación o proceder de la transformación de centros ya existentes.
Mediante el Decreto 119/2023, de 20 de julio, la Comunidad Autónoma de Galicia asumió el traspaso de las funciones, servicios y recursos personales y materiales de la Escuela de Canteros de Poio, así como los bienes, derechos y deberes dimanantes del traspaso. Asimismo, el decreto de transferencia señala que su objeto es la transformación de dicha escuela en un centro público docente dependiente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, con la adecuación de su organización y de la oferta de enseñanzas a lo establecido en la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional y demás normas vigentes en la materia.
El traspaso del centro se hizo efectivo desde el día 1 de septiembre de 2023, integrándose entre los centros públicos dependientes de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional e iniciando su funcionamiento de forma provisional como Centro Público Escuela de Canteros de Poio; situación de excepcionalidad que debe finalizar con su transformación en un CIFP, que se integrará en la Red de Centros Integrados de Formación Profesional de Galicia.
Además, el centro completa su oferta formativa a través de la incorporación de ciclos, modalidades de impartición, de la formación a personas desempleadas y el establecimiento de sistemas de acreditación de competencias profesionales, contribuyendo de forma clave a fomentar la actividad emprendedora dentro de los niveles no universitarios del sistema educativo gallego, así como a la inserción y orientación laboral para el progreso en los distintos itinerarios formativos y profesionales.
Los CIFP de la Comunidad Autónoma de Galicia, según lo establecido por el Decreto 266/2007, de 28 de diciembre, serán además autorizados por la consellería competente en materia de educación y la consellería competente en materia de trabajo, previo dictamen del Consejo Gallego de Formación Profesional.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día ocho de julio de dos mil veinticuatro,
DISPONGO:
Artículo 1. Creación del Centro Integrado de Formación Profesional
Se crea el Centro Integrado de Formación Profesional (CIFP) de Cantería de Galicia, del Municipio de Poio (Pontevedra), incorporándose a la Red de Centros Integrados de Formación Profesional de Galicia, por la transformación del centro traspasado a la Comunidad Autónoma de Galicia y asumido por el Decreto 119/2023, de 20 de julio.
Artículo 2. Autorización de enseñanzas
1. La oferta formativa del CIFP de Cantería de Galicia comprenderá las siguientes enseñanzas:
De la familia profesional Edificación y obra civil.
– Ciclo básico de Reforma y mantenimiento de edificios.
– Ciclo medio de Construcción.
– Ciclo superior de Proyectos de edificación.
De la familia profesional Industrias extractivas, el Ciclo medio de Piedra natural-especialidad en cantería.
2. Mediante orden de la consellería competente en materia de educación se establecerá la composición del centro, así como modificar la oferta formativa contenida en el número anterior.
Disposición final primera. Desarrollo
Se faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de educación para dictar, en el ámbito de sus competencias, los actos necesarios para la aplicación y el desarrollo de lo establecido en este decreto.
Disposición final segunda. Eficacia
Este decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, ocho de julio de dos mil veinticuatro
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
