DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Lunes, 2 de septiembre de 2024 Pág. 49130

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

EXTRACTO de la Orden de 2 de agosto de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2024/25 (código de procedimiento ED301I).

BDNS (Identif.): 782621.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los centros con unidades concertadas de educación especial únicamente podrán optar a las ayudas para la finalidad prevista en el artículo 4.2 de la orden. Quedan excluidos de estas ayudas los centros concertados específicos de educación especial.

Segundo. Objeto

1. Las ayudas tienen por objeto atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en las correspondientes unidades concertadas, entendiendo por este aquel alumnado que requiera determinados apoyos y atenciones específicas derivadas de discapacidad motora, sensorial, intelectual o trastornos generalizados del desarrollo y de la conducta, en aquellos aspectos que no estén ya cubiertos por el concierto educativo, a lo largo del curso escolar 2024/25.

2. Las ayudas podrán emplearse para los fines de contratación de personal complementario, reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 por ciento de la ayuda, compra de material específico ordinario no inventariable y adquisición de material específico inventariable.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 2 de agosto de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2024/25 (código de procedimiento ED301I).

Cuarto. Importe

1. Las ayudas económicas para los niveles de educación infantil, de primaria y de educación secundaria obligatoria se tramitarán con cargo a la partida presupuestaria 37.05.422A.482.3, por una cuantía total máxima de 95.845,00 euros para el período septiembre-diciembre del año 2024 y de 191.689,00 euros para el período enero-junio de 2025.

2. Para el nivel de formación profesional, incluida la formación profesional básica, se tramitarán con cargo a la aplicación presupuestaria 37.05.422M.482.3, por una cuantía total máxima de 4.155,00 euros para el período septiembre-diciembre del año 2024 y de 8.311,00 euros para el período enero-junio de 2025.

En ambos casos las dotaciones irán destinadas a:

– Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, ayudante técnico/a educativo/a, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.

– Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores, de cuantía no superior al 15 por ciento de la ayuda.

– Compra de material específico ordinario no inventariable.

3. La adquisición de material inventariable específico para la atención del alumnado con necesidades de apoyo educativo se tramitará con cargo a las partidas presupuestarias:

– 37.05.422A.780.0, para los niveles de educación infantil, de primaria y de educación secundaria obligatoria, por una cuantía total máxima de 47.922,00 euros para el período septiembre-diciembre del año 2024 y de 95.844,00 euros para el período enero-junio de 2025.

– 37.05.422M.780.0, para el nivel de formación profesional, incluida la formación profesional básica, una cuantía total máxima de 2.078,00 euros para el período septiembre-diciembre del año 2024 y de 4.156,00 euros para el período enero-junio de 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de agosto de 2024

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional