Expediente: IN407A 2023/89-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación de la instalación: LMTS y CS Orro.
Ayuntamiento: Culleredo.
Hechos.
1. El día 2 de marzo de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, con objeto de ampliar la capacidad de la salida GRN704 (A Zapateira-Sigrás).
Presentan el proyecto que incluye memoria, planos y presupuesto junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea, conforme establecen los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:
• Proyecto de ejecución denominado: LMTS, CS Orro, firmado con fecha 25 de enero de 2023 por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con número colegial 2.980 de Vigo.
• Anexo do proyecto para LMTS, CS Orro, firmado el 2 de mayo de 2024 por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con número colegial 2.980 de Vigo.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se les solicitó el preceptivo informe a Augas de Galicia (Zona Hidrográfica Galicia Norte)-Dirección Territorial de la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de A Coruña; Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia-Ministerio de Transportes y Mobilidad Sostenible en A Coruña; Agencia Estatal de Seguridad Aérea-Ministerio de Transportes y Mobilidad Sostenible; Diputación de A Coruña e el Ayuntamiento de Culleredo. UFD Distribución Electricidad, S.A. manifestó su conformidad con los condicionados establecidos o presentó las autorizaciones de los organismos que emitieron los condicionados.
4. Con fecha 7.8.2024 se emitió un informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas.
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente segundo el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo) conforme con la disposición adicional duodécima y la disposición transitoria primera del Decreto 49/2024, de 22 de junio, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 81, de 24 de abril).
Segunda. Legislación de aplicación:
– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
– El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
– El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
– El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
– El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero de 2021).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Angueiros, parroquia de San Salvador de Orro en el ayuntamiento de Culleredo.
– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación núm. 1), a 15 kV con una longitud de 877 metros, con origen en celda de línea del CT Orro (expediente IN407A 20216/62-1), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al y final en celda de línea CS proyectado.
– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación núm. 2), a 15 kV con una longitud de 37 m, con origen en celda de línea del CS proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al y final en empalmes proyectados LMTS GRN704.
– Centro de seccionamiento prefabricado 3L (2 telecontroladas) GSM/GPRS/FO y celda de trafo de tensión auxiliar maniobra exterior.
– Se proyecta desmonte de PAS en fachada del CT Orro-15CQ10 (expediente 2016/62) con el objeto de posibilitar la instalación del nuevo conductor proyectado. Para evitar la sustitución del apoyo AE2IS2XN//17 que alimenta a la derivación del CT Orro Viejo-15CVN3, se deja sin servicio el tramo de LMTA en conductor A-56 (expediente 2016/2315) entre la fachada del CT Orro-15CQ10 (expediente 2016/62) y el apoyo AE2IS2XN//17 existente perteneciente a la LMTA GRN704.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:
– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 9 de agosto de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
