Expediente: IN407A 2022/169-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Proyecto: reglamentación LMT GRN716-apoyo ADNW1JUH//D1-1.
Ayuntamiento: A Coruña.
Hechos:
1. El día 15.5.2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada, al objeto de reglamentar la línea de distribución eléctrica GRN716.
Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado reglamentación LMT GRN716-apoyo ADNW1JUH//D1-1, firmado el día 19.10.2021 por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, número de colegiado 4.684 de Vigo, anexo al proyecto de regulamentación LMT GRN716-apoyo ADNW1JUH//D1-1 firmado el día 7.6.2022 por Javier Fernández Mitre, ingeniero industrial, número de colegiado 15.670 de Madrid, así como la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada.
2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:
• Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.
• DOG de 22.5.2023.
• BOP de 2.5.2023.
• Periódico La Voz de Galicia de 1.7.2023
• Tablón de anuncios del ayuntamiento, según certificado municipal de 19.9.2023.
3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.
4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de A Coruña.
En el día de esta resolución no consta en el expediente respuesta del Ayuntamiento de A Coruña a la solicitud de informe.
5. El día 16.8.2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para resolver procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).
• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
3. Características técnicas:
Las instalaciones de alta tensión objecto de este expediente están situadas en el lugar de Agra das Rañas de Arriba, en el ayuntamiento de A Coruña, y sus características técnicas son las siguientes:
• Sustitución del apoyo nº ADNW1JUH//D1-1 de hormigón existente de la LMT GRN716 por un nuevo apoyo de celosía metálica de tipo C-3000/14.
• Sustitución del conductor existente en LA-80 y LA-30 entre apoyos ADOWFW70//D1 y ADOA0MPB//D1-2-CT, instalación de nuevo conductor en LA-56, en el tramo entre el apoyo ADNW1JUH//D1-1 y el ADOA0MPB//D1-2-CT, con una longitud de 123 m.
• Sustitución de la cruceta del apoyo ADOA0MPB//D1-2-CT por una tipo CR1.
• Desmontaje de la cruceta de autoválvulas del apoyo ADOA0MPB//D1-2-CT y de los XS existentes en ese apoyo, para lo que es necesario reubicar el CT en el apoyo existente, instalándose nuevos XS en el apoyo que sustituye el ADNW1JUH//D1-1.
• Desmantelamiento de un tramo sin servicio en LA-80 desde el apoyo ADNW1JUH//D1-1 hasta un apoyo de celosía sin servicio a desmontar.
4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
Conforme con todo lo señalado,
RESUELVO:
A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.
B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud, a la cual acompañará la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y el medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.
Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.
A Coruña, 26 de agosto de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
