Advertidos errores en la citada resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia de 11 de septiembre de 2024 (número 175), es necesario realizar las siguientes correcciones:
En la página 50269, en la base novena en el punto 2º, donde dice:
«2º. Se reservará un 40 por ciento de las plazas a las personas con residencia en el ayuntamiento donde se realice el curso en la modalidad presencial o en el ayuntamiento donde se realice la parte presencial/práctica en la modalidad semipresencial».
Debe decir:
«2º. Se reservará un 40 % de las plazas a las personas con residencia en el ayuntamiento donde se realice el curso en la modalidad presencial».
En la página 50271, en la base decimosegunda, en el punto 2, donde dice:
«2. El/la alumno/a que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de la parte presencial del curso de formación será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita».
Debe decir:
«2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de la parte presencial o un módulo completo del curso de formación será declarado/a no apto/a y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita».
