De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), después de examinar la solicitud de cancelación de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, presentada de manera individual por el otro miembro de la pareja, se notifica a las personas abajo relacionadas el emplazamiento para el trámite de audiencia a fin de dictar la oportuna resolución definitiva del expediente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.3 del Decreto 248/2007, de 20 de diciembre, por el que se crea y se regula el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, según la redacción dada por el Decreto 146/2014, de 13 de noviembre. La eficacia de esta resolución queda supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los expedientes relacionados se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Departamento Territorial de Pontevedra, sito en la avenida Mª Victoria Moreno, núm. 43, 9ª planta, 36003 Pontevedra, para que puedan consultarlo y formular las alegaciones y justificaciones que consideren oportunas durante un plazo de quince (15) días hábiles, contado desde la publicación de esta resolución.
Una vez transcurrido este plazo y a la vista de las alegaciones, documentos e justificaciones presentadas, se dictará la resolución que corresponda.
Pontevedra, 6 de septiembre de 2024
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora territorial de Pontevedra
ANEXO
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Expediente |
NIF/NIE/Pasaporte |
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PO-2019/00602 |
Y7860065J |
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PO-2023/00298 |
Z0513772A |
