La titularidad del centro privado (CPR) Chíos Formación, de A Coruña, solicita la autorización para impartir el Curso de especialización en Inteligencia Artificial y Big Data.
Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, que desarrolla la ordenación del Sistema de formación profesional, con el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos
DISPONGO:
Artículo 1. Modificación de la autorización
Modificar la autorización del CPR Chíos Formación para impartir el Curso de especialización en Inteligencia Artificial y Big Data. El centro queda configurado como se señala a continuación:
Denominación genérica: centro privado (CPR).
Denominación específica: Chíos Formación.
Código del centro: 15032893.
Domicilio: avenida del Ejército, nº 2.
Localidad: A Coruña.
Código postal: 15006.
Ayuntamiento: A Coruña.
Provincia: A Coruña.
Titular: Chíos Formación, S.L.
Composición resultante:
a) Modalidad presencial:
• 2 CM Cuidados Auxiliares de Enfermería (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).
• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).
• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Web (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).
• 1 CS Educación Infantil (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).
• 1 CS Marketing y Publicidad (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).
• Curso de especialización en Inteligencia Artificial y Big Data (1 unidad para 30 alumnos/as).
b) Modalidad semipresencial y/o a distancia:
• CM Cuidados Auxiliares de Enfermería.
• CS Desarrollo de Aplicaciones Web.
• CS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.
• CS Educación Infantil.
• CS Marketing y Publicidad.
Artículo 2. Inicio de la actividad
Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, el Departamento Territorial de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional de A Coruña, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado.
Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros
Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Artículo 4. Revisión de la autorización
El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.
Disposición final primera. Recursos
Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2024
Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
