A la vista de la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Cerceda, relativa a la clasificación del puesto de trabajo de Tesorería como reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional (en adelante, PFHN), se emite resolución con base en los siguientes
Antecedente de hecho:
Primero y único: el Ayuntamiento de Cerceda envió a través del Registro Electrónico de la Xunta de Galicia (núm. 2024/2591452 y núm. 2024/2633464) la solicitud relativa a la creación y clasificación del puesto de trabajo de Tesorería reservado a PFHN, adjuntando a esta petición la siguiente documentación:
– Memoria económica y jurídica justificativa para la creación y clasificación del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Cerceda como reservado a PFHN.
– Certificación relativa a los recursos del presupuesto del Ayuntamiento de Cerceda para el ejercicio económico 2024 por el importe de 14.257.353,23 euros.
– Certificación relativa a la cifra del último padrón municipal del Ayuntamiento de Cerceda, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, que asciende a un total de 5.058 habitantes.
– Certificado del secretario municipal relativo al acuerdo plenario de 19 de septiembre de 2023 por el que se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento, en el que acredita que, después de realizar su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña núm. 183, de 25 de septiembre de 2023, se presentaron alegaciones, por lo que estas fueron resueltas y se aprobó definitivamente la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento por acuerdo plenario de 8 de enero de 2024, que se publicó en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña núm. 28, de 7 de febrero de 2024.
Por lo tanto, puede considerarse completado el expediente a efectos de continuar con su tramitación.
Fundamentos de derecho:
Primero. La creación y la clasificación del puesto de Tesorería en el Ayuntamiento de Cerceda como reservado a PFHN vienen impuestas por lo preceptuado en el artículo 14 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (en adelante, Real decreto 128/2018), al señalar que en las corporaciones locales cuya Secretaría esté clasificada en clase primera o segunda existirá un puesto de Tesorería reservado a PFHN de la subescala de Intervención-Tesorería. La Secretaría del Ayuntamiento de Cerceda está clasificada como de clase segunda, por lo que resulta imperativa la creación y clasificación de dicho puesto de trabajo reservado, al cual corresponde la responsabilidad administrativa de las funciones de tesorería y recaudación enumeradas en el artículo 5 del Real decreto 128/2018, y tiene que ser desempeñado por personal de la subescala de Intervención-Tesorería, cualquiera que sea su categoría.
Segundo. El Real decreto 128/2018 atribuye a las comunidades autónomas, en su respectivo ámbito territorial, la competencia para clasificar los puestos reservados al PFHN, y el artículo 10 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, regula las normas generales para la clasificación de puestos de trabajo reservados a PFHN.
La Dirección General de Administración Local es competente para adoptar el presente acuerdo, según lo establecido en el artículo 29.3.g) del Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, y en el artículo 1.5 de la Orden de 12 de junio de 2024 sobre delegación de competencias en la Secretaría General Técnica y en otros órganos de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
En virtud de lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta el informe emitido por la subdirectora general de Régimen Jurídico Local,
RESUELVO:
Primero. Clasificar el siguiente puesto de trabajo como reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional en el Ayuntamiento de Cerceda, con las siguientes características:
Entidad local: Ayuntamiento de Cerceda.
Puesto: Tesorería.
Subescala: Intervención-Tesorería.
Categoría: sin distinción de categoría.
Forma de provisión: concurso de méritos.
Nivel de complemento de destino: 30.
Segundo. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y remitir la publicación a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente, y con carácter previo, los interesados podrán interponer recurso administrativo de reposición, ante este órgano directivo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Asimismo, la entidad local podrá presentar previamente requerimiento en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la citada Ley 29/1998.
Santiago de Compostela, 13 de septiembre de 2024
Natalia Prieto Viso
Directora general de Administración Local
