DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Viernes, 27 de septiembre de 2024 Pág. 52670

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ACUERDO de 5 de septiembre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en el ayuntamiento de Malpica de Bergantiños (expediente IN407A 2024/164-1).

Expediente: IN407A 2024/164-1.

Solicitante/promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: reglamentación LMT BRT803, soterramiento de tramo entre los apoyos 105 y 112.

Ayuntamiento: Malpica de Bergantiños.

1. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente se encuentran en el lugar Croa do Castro, parroquia de San Cristovo de Cerqueda, en el ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.

– LMTS a 20 kV de 1.327 metros, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el nuevo apoyo nº 113 proyectado tipo C-1000/14 en el que se instalará un seccionador SXS en la LMT BRT803 Buño-Auto 1 3 (expediente IN407A 2016/2253-1), procedente de la subestación Bértoa, y final en los empalmes a realizar en el tramo LMTS con expediente IN407A 08/380. El nuevo apoyo nº 113 sustituirá al nº 9SEH7PD8//113 de hormigón existente desplazándose hacia el apoyo nº 112. La nueva LMTS irá canalizada bajo tubo en zanjas con dimensiones de 0,4 metros de ancho y entre 0,8 y 1 metros de profundidad en tubos de polietilieno de alta densidad, con 16 cm de diámetro. También se instalará un tubo verde destinado a conducciones de cables de telecomunicaciones.

– Sustitución de los apoyos de hormigón existentes de hormigón nº 9SG8BODE//112 por tipo C-7000/14, nº 9SEH7PD8//113 por tipo C-1000/14, y nº 9SD3BE50//114, por tipo C-1000/14.

– Cambio de tramo LMTA a 20 kV de 125 m, conductor tipo LA-110 Al (existente LAC-80), con origen en el apoyo nº 114 a sustituir y final en el apoyo nº 113 a sustituir.

– Desmantelamiento del tramo LMTA a 20 kV de 700 m, conductor tipo LAC-80, con origen en el apoyo nº 112 a sustituir que pasa a ser fin de línea y final en el apoyo nº 105 a desmantelar. Desmantelamiento de los 6 apoyos intermedios entre los citados.

– Desmantelamiento del tramo LMTS a 20 kV de 39 m, conductor RHZ1-3×(1×240), con origen en el CS polígono Os Barreiros (15CFBK) y final en el PA/S del apoyo nº 9SMCCQ98//105 a desmantelar.

2. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE nº 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE nº 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº 310, de 27 de diciembre).

– Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Consellería de Economía e Industria por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG nº 54, de 19 de marzo).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE nº 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE nº 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se adjunta a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria:

https://edicionportais.xunta.es/web/portal-cei-2014/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos, sobre los bienes afectados que hayan sido omitidos.

Podrán examinar la documentación técnica, y en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

A Coruña, 5 de septiembre de 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Reglamentación LMT BRT803 soterramiento de tramo entre los apoyos 105 y 112

Relación de bienes y derechos afectados - ayuntamiento de Malpica de Bergantiños

Expediente: IN407A 2024/164-1.

Parcela proyecto

Persona propietaria/titular

Referencia catastral

Paraje

Afección de suelo pleno dominio

Afección de suelo por

servidumbre de paso de energía eléctrica

Naturaleza del terreno

Apoyo núm./CT

Superficie (m2)

ml. aér.

ml. sot.

m² aér.


sot.

3

Desconocida/o

15044A501012870000WB

Devesas

Apoio 3

2.0

Rústico. Agrario. Labor ou Labradío. Secano

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada en m2.