DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Viernes, 25 de octubre de 2024 Pág. 57450

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Poio

ANUNCIO de notificación a titulares desconocidos o con notificación infructuosa del requerimiento para recordar el cumplimiento de la obligación de gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y dado que los titulares de los bienes que se relacionan a continuación son desconocidos y resulta imposible su notificación, se comunica a las personas responsables su obligación legal de gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas prohibidas en los parcelas que se describen, impuesta por el artículo 22.1 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia:

Fecha del acta de inspección

Ref. catastral

Localización/Polígono/Parcela

Persona responsable

4.10.2024

36041A006008940000OS

Amarela. Poio/Polígono 6, parcela 894

Verísimo Esperón Reyes

4.10.2024

36041A006008950000OZ

Anoval. Poio/Polígono 6, parcela 895

Manuel Martínez Barreiro

4.10.2024

36041A006008960000OU

Amarela. Poio/Polígono 6, parcela 896

Joaquín Martínez Barreiro

4.10.2024

36041A006008970000OH

Amarela. Poio/Polígono 6, parcela 897

José Antonio Rodiño Otero

1º. En virtud de lo que antecede, se les comunica que en el acta de inspección referenciada se comprobó que en las referidas parcelas se incumple lo establecido en el artículo 21 de la Ley 3/2007. Por lo tanto, disponen de un plazo máximo de quince (15) días naturales para el cumplimiento voluntario para gestionar la biomasa en las parcelas citadas, que se iniciará el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

2º. En caso de persistencia en incumplimiento transcurrido dicho plazo, el Ayuntamiento procederá sin más trámites a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, el decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de dicha Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.

3º. En el caso de proceder a la ejecución subsidiaria, el Ayuntamiento procederá a la liquidación provisional de los costes a que previsiblemente dará lugar, con la advertencia de que se procederá a su exacción inmediata en caso de persistencia en el incumplimiento, previo transcurso del plazo otorgado, sin perjuicio de la liquidación definitiva una vez finalizados los trabajos, en su caso. En este caso, la liquidación provisional de los trabajos necesarios para gestionar la biomasa en las fajas secundarias se establece en una cantidad estimada de 3.545,82 euros por hectárea, para los trabajos de apeo, tronzado, apilado y saca mecanizada del arbolado.

Nº de expediente

Ref. catastral

ha afectadas por ejecución subsidiaria

Liquidación provisional

3255/2024 (xMA 24/039)

36041A006008940000OS

0,0950

336,85

3255/2024 (xMA 24/039)

36041A006008950000OZ

0,0328

116,30

3255/2024 (xMA 24/039)

36041A006008960000OU

0,0307

108,86

3255/2024 (xMA 24/039)

36041A006008970000OH

0,0673

238,63

4º. En caso de persistencia en el incumplimiento, y transcurrido el plazo otorgado, se iniciará también el correspondiente procedimiento sancionador según lo previsto en el título VII de la Ley 3/2007.

Poio, 4 de octubre de 2024

Ángel Moldes Martínez
Alcalde