III. Otras disposiciones
Consellería de Hacienda y Administración Pública
CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 8 de agosto de 2024 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 5 de agosto de 2024 por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo referente al proceso de funcionarización de puestos de trabajo de personal laboral de la Xunta de Galicia y clasificación en el cuerpo administrativo de la Administración general (subgrupo C1), cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial (grupo B) y en el cuerpo de ayudantes de carácter facultativo de Administración especial (subgrupo C1); en el cuerpo auxiliar de la Administración general (subgrupo C2) y en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial (subgrupo C2), de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Advertido error en la citada resolución, publicada en el DOG núm. 160, de 21 de agosto, en la página 47499, hace falta hacer la correspondiente corrección añadiendo el siguiente apartado:
«Primero bis. En tanto no se acuerde otro régimen de pago, el personal que realice la nocturnidad reflejada en la relación de puestos de trabajo, percibirá la misma cantidad que estaba percibiendo por este concepto como personal laboral del V Convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia.
El personal funcionario de carrera e interino que pase a ocupar cualquiera de estos puestos con nocturnidad y la realice, también la percibirá y por el mismo importe.
Esta cantidad en el régimen funcionarial tendrá la consideración de productividad».