Advertido un error en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 199, de 15 de octubre de 2024, es necesario realizar la siguiente corrección:
En la página 54588, en el apartado I.B del anexo II, donde dice:
«En los demás casos se indemnizará un importe de 15 € por cada planta eliminada y destruida, y se requerirá un mínimo de 3 plantas eliminadas y destruidas por titular y parcela».
Debe decir:
«En los demás casos se indemnizará un importe de 15 € por cada planta eliminada y destruida, y se requerirá un mínimo de 3 plantas eliminadas y destruidas por titular».
