DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Miércoles, 6 de noviembre de 2024 Pág. 59043

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2024, del Departamento Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Salvaterra de Miño y As Neves (expediente IN407A 2023/242-4).

Expediente: IN407A 2023/242-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMT, CT As Gándaras.

Ayuntamientos: Salvaterra de Miño y As Neves.

Hechos:

1. El 26.4.2023, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada LMT, CT As Gándaras.

La solicitud incluye el proyecto de ejecución firmado por el ingeniero eléctrico Rubén Fervenza Nicolás, colegiado 4684 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Vigo, y en el que figura un presupuesto total de 77.945,63 euros.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad las siguientes actuaciones en el lugar de O Outeiro, en la parroquia de Meder, en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (Pontevedra), y en el lugar de As Gándaras, en la parroquia de Rubiós, en el ayuntamiento de As Neves (Pontevedra):

Instalación de un centro de transformación compacto de 100 kVA de potencia, rural, de maniobra exterior 1L+P, telecontrolado y telegestionado.

Instalación de tres nuevos apoyos, dos C 2000/12 y un C 1000/12, e instalación de un tramo de línea de media tensión aérea de 177 metros en conductor LA-56.

Instalación de seccionadores-fusibles XS en el apoyo ADOXTCDC.

Instalación de una línea de media tensión subterránea de 276 metros para alimentar el centro de transformación proyectado.

2. Este departamento territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño y el Ayuntamiento de As Neves. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado emitido por el Ayuntamiento de As Neves.

El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño no emitió el condicionado técnico, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que le corresponda otorgar.

3. Como no ha sido posible efectuar la notificación a las personas titulares de las parcelas afectadas por la declaración de utilidad pública solicitada por la empresa promotora, se publicaron los correspondientes anuncios en el Diario Oficial de Galicia de 7.6.2023 y en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado de 13.6.2023, con el fin de realizar la notificación por comparecencia.

4. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 15.5.2023, publicada en los siguientes medios:

DOG (Diario Oficial de Galicia): 8.6.2023.

Periódico Faro de Vigo: 20.3.2024.

Tablón de anuncios del Ayuntamiento de As Neves, desde el 26.5.2023 hasta el 10.7.2023, según el certificado emitido por el propio Ayuntamiento.

Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salvaterra de Miño.

Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El Departamento Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

2. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

3. Las características técnicas da instalación son las que a continuación se describen:

Línea de media tensión aérea (LMTA) a 20 kV, con conductor LA-56, de 177 metros de longitud, con origen en el apoyo existente ADOXTCDC de la LMTA SAL804 en el lugar de O Outeiro (Salvaterra de Miño), y final en el apoyo proyectado C-2000-12 número 3, situado en la parcela con referencia catastral 36034A07400128, en el lugar de As Gándaras (As Neves).

Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 20 kV, con conductor RHZ1 de 276 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-2000-12 número 3, mediante un paso aero-subterráneo, y final en el centro de transformación proyectado As Gándaras.

Centro de transformación (CT) a 100 kVA, con relación de transformación 20 kV/400 V, situado en la parcela con referencia catastral 36034A073006260000HK, en el lugar de As Gándaras, en la parroquia de Rubiós, en el ayuntamiento de As Neves.

La instalación está situada entre los lugares de O Outeiro, parroquia de Meder, en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño, y As Gándaras, parroquia de Rubiós, en el ayuntamiento de As Neves (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

Resuelvo:

1. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMT, CT As Gándaras (expediente IN407A 2023/242-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

2. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

3. La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular cuanto establecen el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

4. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para la ejecución. Una vez constituidas estas instalaciones, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de autorización de explotación ante este departamento territorial acompañada de la siguiente documentación:

Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones u homologaciones, si procede.

Un certificado dirección final de obra en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

5. El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución podrá dar lugar a su revocación, previa audiencia a la promotora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

6. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 15 de octubre de 2024

Beatriz López del Olmo
Directora territorial de Pontevedra

Anexo

Relación de bienes y derechos afectados

Ayuntamiento: Salvaterra de Miño

Lugar

Cultivo

Referencia catastral

Titular

Apoyo

Afecciones

m2

ml aér.

ml sub.

m2 aér.

m2 sub.

1

Bouza

Rústico

36050A068003230000PK

Desconocido/a

4,00

72,00

2

Campo da Fonte

Rústico

36050A068003190000PO

Desconocido/a

1

2,00

19,00

328,00

3

Campo da Fonte

Rústico

36050A068003200000PF

Desconocido/a

24,00

423,00

4

Campo da Fonte

Rústico

36050A068600020000PS

Desconocido/a

30,00

523,00

Ayuntamiento: As Neves

Lugar

Cultivo

Referencia catastral

Titular

Apoyo

Afecciones

m2

ml aér.

ml sub.

m2 aér.

m2 sub.

5

Bouza

Rústico

36034A074001280000HI

Desconocido/a

1

4,00

89,00

13,00

1.512,00

33,00

6

Campo da Fonte

Rústico

36034A073006260000HK

Desconocido/a

CT

15,00

9,00

27,00