DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Jueves, 7 de noviembre de 2024 Pág. 59200

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 22 de octubre de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, relativo al inicio del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Barazal, en los ayuntamientos de San Amaro y Cenlle.

El Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión de 9 de septiembre de 2024, acordó iniciar los trámites para la clasificación como vecinal en mano común del monte con las características que a continuación se relacionan:

Nombre del monte: Barazal.

Superficie: 36,53 ha.

Pertenencia: vecinos/as de San Fiz de Navío.

Parroquia: Navío (San Fiz) y (una parte residual de) Osmo (San Fiz).

Municipio: San Amaro y (una parte residual de) Cenlle.

Descripción de las fincas que constituyen el monte:

Finca única:

Los terrenos incluidos en esta finca constituyen un único coto redondo, según la definición que figura en el artículo 8 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, si bien están atravesados por la carretera correspondiente a la R.C. 32075A09709002 (carretera provincial OU-0301, San Clodio-Cenlle) y por el camino correspondiente a la R.C. 32075A09709011.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas limítrofes

Referencia catastral

Linderos

Referencia catastral

32026A00400121

(parte situada en el TM de San Amaro)

32026A00400123

(parte situada en el TM de San Amaro)

32075A09700103

32075A09700111

(parte situada en el TM de San Amaro)

32075A09700112

(parte situada en el TM de San Amaro)

32075A09700233

(parte situada en el TM de San Amaro)

Norte

32075A09709010

32075A09700104

32075A09700105

32075A09700107

32075A09700109

32075A09700110

32075A09700170

32075A09700171

32075A09700172

32075A09700240

32075A09700191

32075A09700234

32075A09700247

32075A09709012

(parte situada en el TM de San Amaro)

32075A09709013

32075A09700193

32075A09700209

32075A09700210

32075A09700239

32075A09700208

32075A09700205

32075A09700219

32075A09700220

32075A09700221

Este

32075A09700223

32075A09700227

32075A09700229

32075A09709001

32075A09700242

32075A09700245

32075A09700244

32075A09700246

32075A09709008

Sur

32026A00409008

32075A09709002

32026A00400121

(parte situada en el TM de Cenlle)

32075A09700233

(parte situada en el TM de Cenlle)

Oeste

32075A09700112

(parte situada en el TM de Cenlle)

32075A09709011

32026A00400123

(parte situada en el TM de Cenlle)

2075A09709012

(parte situada en el TM de Cenlle)

32075A09700111

(parte situada no TM de Cenlle)

La práctica totalidad de los terrenos solicitados están poblados por una masa adulta continua de pino del país procedente de regenarado, predominando el latizal bajo y el fustal dentro de las clases de edades observadas. Además, cabe destacar la evidencia de una mínima gestión forestal, demostrada en la presencia generalizada, dentro de la masa ubicada ladera arriba de la carretera OU-0301 (es decir, en las R.C. 32026A00400121, 32075A09700111, 32075A09700112 y 32075A09700233), de calles aperturadas mecanizadamente, además de en la existencia de unas 2 ha de pinar procedente de repoblación (ubicadas entre las R.C. 32075A09700111 y 32075A09700112).

Por otra parte, cabe señalar que aproximadamente la mitad N de la R.C. 32075A09700247 parece formar parte de un recinto cerrado perimetralmente con postes y alambre, dotado con un portalón metálico de acceso, y en el que estaría integrada además la parcela (no incluida en los terrenos propuestos) con la R.C. 32075A09700242. Dicho recinto se encuentra a raso y aparentemente destinado al almacenamiento al aire libre de material diverso sin determinar.

Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados, indicándoles que se abre un período de un mes para que puedan examinar el expediente y efectuar las alegaciones que estimen convenientes, así como aportar los documentos o informaciones que juzguen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Ourense, 22 de octubre de 2024

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense