Mediante la Resolución de 17 de octubre de 2024 (DOG núm. 202, de 18 de octubre), el tribunal calificador del proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, en categorías del grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia, hizo pública la baremación provisional de la fase de concurso de la categoría operador/a de ordenador/programador/a (personal Cixtec).
Antes las dudas surgidas en relación con la interpretación de la valoración de la experiencia profesional en esta categoría respecto del resto de categorías convocadas, el tribunal calificador acordó solicitar a la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal aclaración sobre la diferente valoración de la experiencia profesional para la categoría citada entre el «órgano convocante» y «otra Administración distinta».
El informe recibido de 12 de noviembre de 2024 concluye «En virtud del acuerdo de colaboración entre la Amtega y la Dirección General de la Función Pública, y de la ficción jurídica creada, la valoración de la experiencia en el presente proceso selectivo deberá atenerse a los criterios establecidos, considerando la experiencia en el Cixtec como experiencia interna y la experiencia en la Xunta de Galicia como experiencia externa».
Por lo tanto, en vista de lo anterior, el tribunal nombrado por la Resolución de 29 de mayo de 2024 (DOG núm. 108, de 5 de junio) para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, en las categorías 3, 12, 15, 34, 36, 37, 43, 52, 54, 54B, 66, 71, 94, 98, 100, 101, 103 y 104 del grupo III de personal laboral de la Xunta de Galicia y del personal laboral propio del Cixtec (grupo III), por Acuerdo de 13 de noviembre de 2024,
RESUELVE:
Primero. Hacer público nuevamente el baremo provisional del concurso de méritos de la categoría profesional operador/a de ordenador/programador/a (personal Cixtec). Esta resolución modifica la publicada por la Resolución de este tribunal de 17 de octubre de 2024 (DOG núm. 202, de 18 de octubre).
Segundo. De acuerdo con lo establecido en la base III.3 de la convocatoria, y atendiendo a las razones de urgencia declaradas conforme al artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas aspirantes podrán formular reclamación ante el tribunal contra las puntuaciones provisionales en el plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, en los términos recogidos en la citada Resolución de 17 de octubre de 2024 (DOG núm. 202, de 18 de octubre).
Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2024
Concepción Moares Domínguez
Presidenta del tribunal
