Con motivo de la ausencia del presidente de la Xunta de Galicia, a causa de un viaje a la República Federativa de Brasil, es necesario proveer su sustitución durante el tiempo de duración de la misma.
Por lo tanto, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26.7 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y conforme a lo establecido en el Decreto 44/2024, de 14 de abril, por el que se nombra a los titulares de las consellerías de la Xunta de Galicia,
DISPONGO:
Artículo único
Durante la ausencia del presidente de la Xunta de Galicia, con motivo de su viaje a la República Federativa de Brasil, se encarga el despacho de los asuntos de la Presidencia, hasta su regreso, al conselleiro de la Presidencia, Justicia y Deportes.
Santiago de Compostela, quince de noviembre de dos mil veinticuatro
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
