De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, por la que se archiva el expediente del parque eólico Muruás (IN408A/2019/088) y se cancela una garantía económica depositada por Adelanta Corporación, S.A. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte.
Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan
Dicha Resolución de 12 de noviembre de 2024 dispone lo siguiente:
1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico Muruás, emplazado en los ayuntamientos de Muras y Ourol (Lugo), tras la declaración de impacto ambiental desfavorable formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático el 18.4.2024.
2. Archivar el expediente del parque eólico Muruás, emplazado en los ayuntamientos de Muras y Ourol (Lugo), promovido por la sociedad Adelanta Corporación, S.A.
3. Cancelar las garantías económicas depositadas en la Caja General de Depósitos el 10.6.2020, por importe de 896.000,00 € y número de registro 2020/90/566, y el 5.4.2023 por importe de 896.000,00 € y número de registro 2023/90/513, para responder de sus obligaciones en relación con la tramitación del procedimiento de solicitud de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Muruás.
Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución
1. El 6.11.2019, Adelanta Corporación, S.A. presentó solicitud de autorización administrativa de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico Muruás (expediente IN408A 2020/18), al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).
2. Con fecha 10.6.2020, Adelanta Corporación, S.A. depositó una garantía económica, por importe de 896.000,00 € y número de registro 2020/90/566, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Muruás.
3. Por Acuerdo de 18 de enero de 2023, de la Jefatura Territorial de Lugo, se sometieron a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) del proyecto de ejecución del parque eólico Muruás, en los ayuntamientos de Muras y Ourol (expediente IN408A/2019/088). Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial de Galicia el 26.1.2023 (DOG núm. 18, de 1 de enero).
4. El 5.4.2023, Aurela Eólica, S.L.U. presentó una garantía económica, por importe de 896.000,00 € y número de registro 2023/90/513, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Muruás, con la intención de solicitar el cambio de titularidad del expediente administrativo, que pasaría a ser Aurela Eólica, S.L. en lugar de Adelanta Corporación, S.A.
5. El 18.4.2024, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico Muruás, que hizo pública por Anuncio de 19 de abril de 2024 (DOG núm. 86, de 2 de mayo).
6. El 10.5.2024, Adelanta Corporación SA solicitó la devolución de las garantías económicas depositadas en la Caja General de Depósitos el 10.6.2020, por importe de 896.000,00 € y número de registro 2020/90/566, y el 5.4.2023 por importe de 896.000,00 € y número de registro 2023/90/513.
7. El 5.11.2024, Adelanta Corporación, S.A. comunicó su desistimiento a la tramitación de la autorización administrativa y de construcción y el proyecto de interés autonómico para el parque eólico Muruás (expediente núm. IN408A/2019/088) tras la emisión de la declaración de impacto ambiental desfavorable.
Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2024
Paula Uría Traba
Directora general de Energías Renovables y Cambio Climático
