DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Viernes, 20 de diciembre de 2024 Pág. 66915

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

ORDEN de 18 de diciembre de 2024 por la que se hace público el incremento del crédito previsto en la Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la juventud y al voluntariado, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades, gestionado por esta consellería (código de procedimiento CT200A).

Con fecha 17 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 179, la Orden de 5 de septiembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la juventud y al voluntariado, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades, gestionado por esta consellería (código de procedimiento CT200A).

La financiación de la convocatoria se encuentra distribuida en las correspondientes aplicaciones presupuestarias de cada centro directivo, de acuerdo con el siguiente detalle:

Líneas de actuación

Aplicación

Importe €

Línea I: actuaciones destinadas a la juventud

43.05.313A481.0

623.544 €

Línea II: actuaciones destinadas al voluntariado

43.05.312F.481.0

592.162 €

Línea III: proyectos de inversión por parte de las entidades juveniles

43.05.313A.781.0

100.000 €

Línea IV: proyectos de inversión por parte de las entidades de acción voluntaria

43.05.312F.781.0

100.000 €

Total 1.415.706 €

En su artículo 2.2, según lo dispuesto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, está prevista la ampliación excepcional de los créditos disponibles cuando el aumento venga derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito o existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

Puesto que existe crédito disponible en las aplicaciones presupuestarias con cargo a las cuales se financia la convocatoria y se cumplen los requisitos establecidos en los citados artículos, se considera oportuno incrementarlo al objeto de repartir entre las entidades de iniciativa social que concurran a la convocatoria de ayudas la totalidad de los fondos recaudados para este fin.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que me fueron conferidas,

RESUELVO:

Artículo único. Incremento de los créditos

Se incrementa el crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 5 de septiembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la juventud y al voluntariado, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades, gestionado por esta consellería (código de procedimiento CT200A).

El importe total del citado incremento es de doscientos setenta y cuatro mil setecientos un euros y veinticinco céntimos (274.701,25 €), consignado en las aplicaciones presupuestarias siguientes en función de las líneas de actuación subvencionables relacionadas en el artículo 5 de la Orden de 5 de septiembre de 2024:

Líneas de actuación

Aplicación

Importe €

Línea I: actuaciones destinadas a la juventud

43.05.313A.481.0

132.284,90 €

Línea II: actuaciones destinadas al voluntariado

43.05.312F.481.0

42.416,35 €

Línea III: proyectos de inversión por parte de las entidades juveniles

43.05.313A.781.0

0,00 €

Línea IV: proyectos de inversión por parte de las entidades de acción voluntaria

43.05.312F.781.0

100.000 €

Total 274.701,25 €

La publicación de esta orden no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2024

El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud
P.D. (Orden de 28.6.2024)
Elvira María Casal García
Secretaria general técnica de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud