Conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) se les notifica a las personas que se relacionan en el anexo las resoluciones dictadas por la persona titular del Departamento Territorial de Pontevedra en los expedientes sancionadores número PO-03848-O-2023, por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, al resultar infructuosa su notificación postal. La eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón de edictos único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).
El texto íntegro de la resolución que se notifica, junto con el resto de la documentación del expediente, se encuentra a disposición de las personas interesadas en el Servicio de Movilidad del Departamento Territorial de Pontevedra.
Se les comunica que contra dicha resolución saqncionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la directora general de Movilidad de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, la persona interesada deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad del Departamento Territorial de Pontevedra.
En caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
Pontevedra, 16 de diciembre de 2024
Manuel Santano Gómez
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
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Expediente Matrícula |
DNI/CIF Persona sancionada |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
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PO-03848-O-2023 4632-HFZ |
X7175792E |
La realización de transportes públicos de mercancías así como la contratación como porteador/ra o la facturación en nombre propio de servicios de transporte, careciendo de la autorización, siempre que se acredite que en el momento de realizarlos o contratarlos se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los 15 días siguientes a la notificación del inicio del expediente. 19.5.2023; 13.38.00; AP-9; 137,683 |
Artículo 142.1 de la LOTT Artículo 199.1 del ROTT |
Artículo 143.1 de la LOTT Artículo 201.c) del ROTT |
301 euros |
