Advertida la omisión de los anexos II y III, a los que alude el apartado IV.2.b) de la referida resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 182, de 20 de septiembre de 2024, es necesario incluir, en la página 51513, a continuación del anexo I, los citados anexos II y III, con la redacción que se indica a continuación:
ANEXO II
(nombre y apellidos de la persona aspirante)..., con domicilio en..., con NIF/NIE/pasaporte..., declara, a efectos de ser nombrado/a personal funcionario del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de letrados, que no ha sido despedida/o ni separada/o mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública u órgano constitucional o estatutario de las comunidades autónomas, ni se encuentra en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso a dicho cuerpo o escala.
..., ... de... de 202...
ANEXO III
(nombre y apellidos de la persona aspirante)..., con domicilio en..., con NIF/NIE/pasaporte..., declara, a efectos de ser nombrada/o personal funcionario de carrera del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de letrados, que no se encuentra inhabilitada/o o en situación equivalente ni ha sido sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en el Estado de..., en los mismos términos, el acceso al empleo público.
(país y localidad)..., ... de... de 202...
