BDNS (Identif.): 810051.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2025 las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y en entidades sin ánimo de lucro, especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral, con la finalidad de seguir paliando los perjuicios económicos sobre el mercado de trabajo, derivados de los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19 y agravados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia.
La orden regula el Plan Galicia emplea (código de procedimiento TR342C) de incentivos a la contratación por cuenta ajena de los colectivos vulnerables recogidos en el artículo 24.1.a), a través de una línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena cuyas particularidades se recogen en esta orden, y que incluye cuatro modalidades de ayudas:
a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.
b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.
c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.
d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento TR342C).
Cuarto. Importe
Para la concesión de estas ayudas se destinan diecinueve millones setecientos mil euros (19.700.000 €), distribuidos del siguiente modo:
– Personas jóvenes: 3.500.000 €.
– Mujeres: 7.000.000 de €.
– Personas paradas de larga duración y/o personas de 52 o más años: 2.000.000 de €.
– Personas emigrantes retornadas y extranjeras: 2.000.000 de €.
– Mujeres en ocupaciones masculinizadas: 1.700.000 €.
– Personas con discapacidad y/o en riesgo o situación de exclusión social: 3.000.000 de €.
– Para todos los colectivos anteriores, en el caso de que la entidad beneficiaria sea una entidad sin ánimo de lucro: 500.000 €.
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día 31 de enero de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2025.
Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2024
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
