DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Martes, 28 de enero de 2025 Pág. 7782

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 10 de enero de 2025, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común Valdegolado, con propiedades particulares, en el ayuntamiento de Manzaneda.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del MVMC Valdegolado, perteneciente a la CMVMC de Langullo y Cimadevila, en el municipio de Manzaneda, con propiedades particulares, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 30.9.2022, la CMVMC de Langullo y Cimadevila presentó un escrito (Rexel 2022/2414230), en el que solicitan la aprobación de un deslinde con las propiedades particulares.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Certificaciones de los acuerdos de la asamblea general.

– Planos de la propuesta de deslinde.

Segundo. El 30.3.2023, el Servicio de Montes de Ourense emitió un informe favorable al considerar que no existe una afección significativa sobre la integridad territorial del monte.

Tercero. El 4.10.2023 se publicó en el DOG el anuncio por el que se hacía pública la propuesta de deslinde y se abría el período de alegaciones; este anuncio también se remitió al Ayuntamiento de Manzaneda a efectos de su publicación en el tablón de anuncios.

Cuarto. La CMVMC de Pedrosa presentó el 5.2.2024 un escrito complementario (Rexel 2024/360604), con el que se reafirmaba en la propuesta de deslinde inicial, exponiendo que no le constaba alegación alguna a la línea presentada.

Quinto. El Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense emitió un informe favorable el día 8 de febrero de 2024 en relación con la citada solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 54 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segunda. El artículo 54 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento que se debe seguir en el deslinde de montes vecinales con propiedades particulares y establece que en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al jurado provincial de los acuerdos alcanzados y, al menos, de la siguiente documentación: acta del deslinde, memoria descriptiva con planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado de paz o de primera instancia correspondiente y certificaciones de aprobación por parte de la comunidad. El Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común dictará resolución aprobatoria del deslinde y la notificará a las personas interesadas. Dicha resolución será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 8 de febrero de 2024, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó, por unanimidad, el día 16 de diciembre de 2024:

Aprobar el acto de conciliación alcanzado entre el MVMC Valdegolado, perteneciente a la CMVMC de Langullo y Cimadevila, en el municipio de Manzaneda, con propiedades particulares.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 10 de enero de 2025

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense