La Ley 3/2004, de 7 de junio, de creación del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia, establece en su artículo 7 el carácter y constitución de su Consejo de Administración, y el artículo 3.1 del Decreto 41/2005, de 17 de febrero, de su reglamento señala que la consellería competente en materia de pesca nombrará un secretario que actuará con voz pero sin voto.
Por su parte, el artículo 5.2 del Decreto 41/2005 dispone que las vacantes que se produzcan en el Consejo de Administración deberán ser cubiertas dentro del mes siguiente a la fecha de la vacante que se hubiera producido, por el procedimiento previsto en cada caso.
Mediante el Decreto 195/2024, de 27 de diciembre, se dispuso el cese por petición propia, de Antonio Basanta Fernández como director general de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica.
Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad atribuida,
DISPONGO:
El cese de Antonio Basanta Fernández como secretario del Consejo de Administración del Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia, agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, 21 de enero de 2025
Alfonso Villares Bermúdez
Conselleiro del Mar
