DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Viernes, 31 de enero de 2025 Pág. 8815

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

EXTRACTO de la Orden de 26 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para completar la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento ED481D e IN606C).

BDNS (Identif.): 810556.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las universidades públicas del SUG, los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones públicas de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica Galicia Sur) y los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten a las personas seleccionadas a través de un contrato predoctoral de duración determinada con dedicación a tiempo completo, de acuerdo con el marco legislativo actual, en virtud del cual la persona seleccionada quedará vinculada a dicha entidad.

Podrán acceder a estas ayudas los organismos y entidades señalados en el párrafo anterior que presenten como candidatas a personas con el grado de doctor que se encuentren, en la fecha de cierre de la convocatoria, en alguno de los supuestos que se indican en su artículo 2 de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del SUG, a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones públicas de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica Galicia Sur) y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, que contraten personas tituladas superiores para completar la etapa de formación posdoctoral.

La finalidad es dar continuidad a su carrera investigadora, posibilitando un perfeccionamiento en su formación y el establecimiento de una línea de investigación propia que les permita, en un futuro, consolidar su trayectoria a través de un contrato de tres años de duración y una ayuda complementaria para el establecimiento de la línea de investigación.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 3.688.800 euros, para los años 2025, 2026, 2027 y 2028.

Se convocan 23 ayudas (20 para las universidades del SUG y 3 para el resto de entidades beneficiarias). Las ayudas incluyen los siguientes conceptos:

1. La financiación de un contrato posdoctoral de un máximo de 38.950 € brutos anuales.

2. Una ayuda complementaria, por cada persona contratada para el establecimiento de una línea propia de investigación, con el siguiente desglose por anualidades: 3.000 euros en el año 2025, 10.000 euros en el año 2026, 10.000 euros en el año 2027 y 7.000 euros en el año 2028.

3. Un complemento anual por ayuda de 1.000 €, destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación.

4. En aplicación del artículo 22.1, letra g), de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, a la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido, la persona trabajadora tendrá derecho a percibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores. Para cubrir el coste de la indemnización al final del contrato, se incluirá una ayuda total de 3.850,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2024

El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
P.D. (Orden de 5.6.2024)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Educación,
Ciencia, Universidades y Formación Profesional