DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Viernes, 7 de febrero de 2025 Pág. 10489

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

EXTRACTO de 22 de enero de 2025 de la Orden de 7 de enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN519B).

BDNS (Identif.): 812970.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia. Las solicitudes se pueden presentar individualmente o de forma conjunta bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión o cualquier otra similar).

Segundo. Objeto

Mejora de los servicios y acondicionamiento de infraestructuras existentes o de nueva incorporación, a fin de que las empresas radicadas en los parques empresariales de Galicia puedan disponer de condiciones más competitivas para desarrollar su actividad económica.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 7 de enero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento IN519B).

Cuarto. Cuantía

Importe total de la convocatoria: 3.032.718,00 euros.

Intensidad de las ayudas: 80 % del importe total considerado como subvencionable, con un máximo de 120.000,00 € para las solicitudes individuales y de 138.000,00 € para las solicitudes conjuntas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de 7 de enero de 2025 en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Se podrá anticipar hasta el 25 % del importe de la subvención concedida.

Santiago de Compostela, 22 de enero de 2025

María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía e Industria