DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Jueves, 13 de marzo de 2025 Pág. 16980

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, por la que se inscribe en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, el acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia en la que se aprueban las tablas salariales del VII Convenio colectivo para el año 2025.

Antecedentes de hecho:

Primero. El día 29.1.2025 tuvo entrada en esta oficina la solicitud de inscripción, en el Registro de convenios colectivos y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, del acta de la comisión paritaria del Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia, en la que se aprueban las tablas salariales del VII Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia para el año 2025.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales es competente para resolver en materia de depósito e inscripción en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en virtud del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, y del Decreto 147/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.

Segundo. Son de aplicación el artículo 8 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Revisada la documentación aportada y teniendo en cuenta la normativa aplicable, la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales

RESUELVE:

Inscribir, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos deTrabajo y Planes de Igualdad, el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia, en la que se aprueban las tablas salariales del VII Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia para el año 2025.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 14 de febrero de 2025

Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales

Acta da Comisión paritaria do VII Convenio colectivo para o sector de Pompas Fúnebres de Galicia

En Santiago de Compostela, a las 12.45 horas del día 20 de enero de 2025, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, sito en la calle Algalia de Abajo, 24, bajo, se reúnen las personas abajo señaladas, que integran la Comisión paritaria del VII Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia.

Representación empresarial:

Alberto Gianzo Ferro (Asociación Gallega de Empresas de Servicios Funerarios-AGESEF)

José Luis Varela Tabarés (Asociación Gallega de Empresas de Servicios Funerarios- AGESEF)

Eduardo Vázquez Rodríguez (Asociación Gallega de Empresas de Servicios Funerarios-AGESEF)

Representación sindical:

Óscar Souto Collazo (UGT)

Juan Manuel Baliñas Touzón (UGT)

Miguel Ángel Soto García (UGT)

Serafín Álvarez Seoane (UGT)

Alba Nogareda Salgado (UGT)

José Manuel Castro Jardón (CC.OO.)

Óscar Cereijo Limeres (CC.OO.)

El objeto de esta reunión es la actualización de las tablas salariales del VII Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia, para el año 2025.

Tras el oportuno debate y exposición de posturas y pareceres por cada una de las representaciones presentes, esta comisión acuerda:

Primero. Aprobar las tablas salariales del VII Convenio colectivo para el sector de pompas fúnebres de Galicia para el año 2025, que más abajo se adjuntan.

Segundo. Delegar en el personal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales la realización de los trámites de depósito, registro y publicación de este acuerdo ante la autoridad laboral competente.

No teniendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión a las 13.30 horas del día señalado en el encabezamiento, y al efecto se extiende esta acta, que firman en prueba de conformidad las personas abajo relacionadas en representación de cada una de las organizaciones presentes.

Alberto Gianzo Ferro

DNI:

AGESEF

Alba Nogareda Salgado

DNI:

UGT

Óscar Cereijo Limeres

DNI:

CC.OO.

Tablas salariales 2025

Categorias

Sueldo base año anterior (€)

Plus toxicidad año anterior (€)

Incremento sueldo base

(€)

Incremento plus de toxicidad

(€)

Bruto anual

Salarios

Precio hora

Precio del día trabajo (8 h.)

(€)

Suplementos por día (8 h.)

Precio hora extra diurna

Precio hora extra nocturna

Salario base

(€)

Plus de toxicidad

(€)

Bruto anual

(€)

Mensual (15 pagas)

(€)

Complem. de toxicidad

(€)

Mensual (14 pagas)

(€)

Plus de toxicidad

(€)

Mensual (12 pagas)

(€)

Plus toxicidad

(€)

Diurno

(€)

Domingo o festivo 45 %

(€)

Nocturna 25 %

(€)

Domingos y festivos 45 %

(€)

Nocturna 25 %

(€)

Laborales diurnas 30 %

(€)

Festivos y domingos

45 % + 55 %

(€)

Laborables 30 % + 25 %

(€)

Festivos y domingos 45 % +

55 % +25 %

(€)

Incremento año 2025

2,80 %

Jefe/a administrativo

27.207,21

132,08

761,80

3,70

27.969,01

135,78

28.104,79

1.864,60

9,05

1.997,79

9,70

2.330,75

11,31

15,75

22,84

19,69

126,03

56,71

31,51

20,48

35,41

25,60

44,26

Oficial 1ª administrativo

21.969,83

106,65

615,16

2,99

22.584,99

109,64

22.694,62

1.505,67

7,31

1.613,21

7,83

1.882,08

9,14

12,72

18,45

15,90

101,77

45,80

25,44

16,54

28,59

20,67

35,74

Oficial 2ª administrativo

20.706,36

100,50

579,78

2,81

21.286,14

103,31

21.389,45

1.419,08

6,89

1.520,44

7,38

1.773,84

8,61

11,99

17,38

14,99

95,92

43,16

23,98

15,59

26,95

19,48

33,68

Auxiliar administrativo/a

19.229,78

93,34

538,43

2,61

19.768,21

95,95

19.864,17

1.317,88

6,40

1.412,02

6,85

1.647,35

8,00

11,13

16,15

13,92

89,08

40,08

22,27

14,48

25,03

18,09

31,28

Funerario/a 1ª

21.969,83

106,65

615,16

2,99

22.584,99

109,64

22.694,62

1.505,67

7,31

1.613,21

7,83

1.882,08

9,14

12,72

18,45

15,90

101,77

45,80

25,44

16,54

28,59

20,67

35,74

Funerario/a 2ª

19.229,78

93,34

538,43

2,61

19.768,21

95,95

19.864,17

1.317,88

6,40

1.412,02

6,85

1.647,35

8,00

11,13

16,15

13,92

89,08

40,08

22,27

14,48

25,03

18,09

31,28

Funerario/a 3ª

17.883,70

86,81

500,74

2,43

18.384,44

89,24

18.473,68

1.225,63

5,95

1.313,17

6,37

1.532,04

7,44

10,36

15,02

12,94

82,84

37,28

20,71

13,46

23,27

16,83

29,09

Personal de recepción 1ª

19.689,81

95,58

551,31

2,68

20.241,12

98,26

20.339,38

1.349,41

6,55

1.445,79

7,02

1.686,76

8,19

11,40

16,53

14,25

91,21

41,04

22,80

14,82

25,62

18,53

32,03

Personal de recepción 2ª

19.229,78

93,34

538,43

2,61

19.768,21

95,95

19.864,17

1.317,88

6,40

1.412,02

6,85

1.647,35

8,00

11,13

16,15

13,92

89,08

40,08

22,27

14,48

25,03

18,09

31,28

Personal de recepción 3ª

17.883,70

86,81

500,74

2,43

18.384,44

89,24

18.473,68

1.225,63

5,95

1.313,17

6,37

1.532,04

7,44

10,36

15,02

12,94

82,84

37,28

20,71

13,46

23,27

16,83

29,09

Mantenimiento y limpieza

17.883,70

86,81

500,74

2,43

18.384,44

89,24

18.473,68

1.225,63

5,95

1.313,17

6,37

1.532,04

7,44

10,36

15,02

12,94

82,84

37,28

20,71

13,46

23,27

16,83

29,09

Ordenanza/ Vigilante

17.883,70

86,81

500,74

2,43

18.384,44

89,24

18.473,68

1.225,63

5,95

1.313,17

6,37

1.532,04

7,44

10,36

15,02

12,94

82,84

37,28

20,71

13,46

23,27

16,83

29,09

Calzado

160,00

4,48

164,48

Premio por natalidad

511,05

14,31

525,36