DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Viernes, 21 de marzo de 2025 Pág. 18627

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

ANUNCIO de 11 de marzo de 2025 por el que se publica la resolución de archivo del procedimiento de aprobación para el desarrollo del polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño (Ourense) (expediente PA-23-08).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 y siguientes de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia, se publica la resolución de archivo del procedimiento de aprobación del polígono agroforestal al tener constancia de la imposibilidad de conseguir los requisitos exigidos, en particular, el requisito de que el proyecto represente un mínimo del 70 % del total de la superficie de las parcelas del perímetro del polígono.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2025

María Paz Rodríguez Rivera
Directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

ANEXO

Propuesta de resolución del presidente de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) de archivo del procedimiento de aprobación para el desarrollo del polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño (Ourense)

Procedimiento: aprobación de polígonos agroforestales de iniciativa pública.

Expediente: PA-23-08.

Antecedentes:

1. Mediante el Acuerdo de 9 de mayo de 2023, del presidente de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader), al amparo de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia, se inició el procedimiento de aprobación para el desarrollo del polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño (Ourense), y se inició el plazo para elaborar el estudio de viabilidad (DOG núm. 93, de 16 de mayo).

2. La superficie del perímetro del citado polígono es de 160 hectáreas, de las que más del 50 % de la superficie se considera que está en abandono.

3. El procedimiento se inició de oficio por la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, teniendo en cuenta la gran tradición vitivinícola de este ayuntamiento (incluido en la denominación de origen Ribeiro) y el gran volumen de actividad económica vinculada al sector. Actualmente, la actividad está en crecimiento demandando cada vez más infraestructura sobre la cual se pueda desarrollar. También es una zona dentro de la indicación geográfica protegida Castaña de Galicia.

4. El Decreto 108/2023, de 22 de junio, declara de utilidad pública e interés social el polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño (Ourense).

5. El 30 de agosto se iniciaron los trabajos de revisión del parcelario, los trabajos previos a la investigación de la titularidad y la recogida de compromisos de adhesión de las personas titulares en el polígono agroforestal de Prado (Castrelo de Miño, Ourense).

6. Desde el 27 de octubre al 13 de diciembre de 2023 se registraron 143 solicitudes de personas que manifiestan ser propietarias de las parcelas afectadas por el perímetro del citado polígono poniendo de manifiesto la oposición a la aprobación del desarrollo del polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño. Estas solicitudes representan en torno al 40 % de las personas titulares de tierras en el polígono.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La competencia para dictar esta resolución corresponde a la Presidencia de Agader de conformidad con lo establecido en los artículos, 83 y 96 de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Segunda. Uno de los principios rectores que deben regir en la aplicación de los distintos instrumentos que regula la Ley 11/2021, de 14 de mayo, es el de la voluntariedad.

Por esto, vistas las 143 solicitudes de propietarios de las parcelas afectadas por el perímetro del polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño, poniendo de manifiesto su oposición a la aprobación del citado polígono, se pone de manifiesto la imposibilidad de conseguir los requisitos exigidos en los artículos 83 y siguientes de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, y particularmente el requisito de que el proyecto represente un mínimo del 70 % del total de la superficie de las parcelas del perímetro del polígono.

Por todo lo expuesto, PROPONGO:

Archivar el procedimiento de aprobación para el desarrollo del polígono agroforestal de iniciativa pública de Prado de Miño, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño (Ourense).

La presente resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la interesada pueda ejercer cualquier otro que estime pertinente.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 2024

Inés Santé Riveira
Directora de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESUELVO, de conformidad con el texto íntegro de la propuesta remitida

José González Vázquez
Presidente de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural