DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Miércoles, 26 de marzo de 2025 Pág. 19032

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

EXTRACTO de la Orden de 28 de febrero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para el libro gallego, dirigidas a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento CT221D).

BDNS (Identif.): 822297.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para la traducción aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten su condición de editoras de acuerdo con lo establecido en la presente orden, para lo que deberán estar dadas de alta antes del 1 de enero de 2025 en el epígrafe 476.1 Edición de libros del impuesto de actividades económicas.

No podrán beneficiarse de las ayudas recogidas en esta orden aquellos solicitantes que se encuentren en los supuestos previstos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Asimismo, quedan excluidos los proyectos que presenten contratos de traducción con personas jurídicas.

En ningún caso se concederán más de cinco ayudas por editor a obras en las que conste el mismo traductor.

Segundo. Objeto y finalidad

Esta orden tiene por objeto establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten la condición de editoras, de acuerdo con lo establecido en la presente orden. Código de procedimiento CT221D.

La finalidad es subvencionar los gastos de la traducción de las diferentes obras literarias en formato papel o digital para apoyar el libro gallego y el mercado literario gallego, en lo que se refiere a la traducción para otras lenguas de obras, publicadas originariamente en gallego.

Asimismo, tiene por objeto convocar dicha subvención para el año 2025.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 28 de febrero de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para el libro gallego, dirigidas a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento CT221D).

Cuarto. Importe

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.432A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025, por un importe máximo de 50.000 €, de los cuales 22.500 € corresponden a la anualidad de 2025 y 27.500 € a la anualidad de 2026.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

A estos efectos se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo termina el último día del mes.

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2025

El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud
P.D. (Orden de 28.6.2024; DOG núm. 130, de 5 de julio)
Elvira María Casal García
Secretaria general técnica de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud