A efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense, en relación con el procedimiento ordinario 281/2024, interpuesto por la entidad con NIF B32206419, contra la resolución desestimatoria dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el recurso de reposición de 3.10.2024, interpuesto contra otra de 27.102023 -expediente OUR/19/2020-RP1-, en la que se declara que las obras objeto del expediente, promovidas por la entidad con NIF B32206419, sin contar con título urbanístico habilitante, ejecutadas en suelo urbano no consolidado en la zona calificada por el planeamiento (PGOM del ayuntamiento de Ourense) como viario, consistentes en la ejecución de un tramo, de unos 12 metros, de un muro de contención de tierras y en la ejecución de una solera, junto con dos construcciones auxiliares que se ejecutaron sobre la misma y una estructura para lavado de vehículos que se correspoden con la ampliación de la estación de servicio y que ocupan el futuro viario previsto en el planeamiento urbanístico, llevadas a cabo en la parcela con referencia catastral 3704032NG9930S0001RS, en la avenida de Santiago, 132, en Ourense, non son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y se ordena la demolición de las obras, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras, así como el cese definitivo de los usos a que diesen lugar, esta dirección resolvio ordenar la remisión del correspondente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a la persona con DNI 34959309E y a los herederos de Mª del Pilar González para que puedan personarse como interesados en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2025
Victoria Núñez López
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
