Este tribunal, nombrado por la Resolución de 12 de agosto de 2024 para calificar el proceso selectivo (DOG número 159, de 20 de agosto), una vez revisadas las alegaciones presentadas contra la Resolución de 22 de enero de 2025, por la que se dio publicidad, entre otros acuerdos, de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes al primer ejercicio del proceso selectivo, así como de la relación de las que non alcanzaron la puntuación mínima de 50 puntos establecida en la base II.1.1 de la convocatoria, en la sesión celebrada el 20 de marzo de 2025,
ACORDÓ:
Primero. Desestimar las alegaciones presentadas en su totalidad.
Segundo. Declarar exentas de realizar el segundo ejercicio del proceso selectivo a todas las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio, por haber acreditado el nivel de conocimiento de la lengua gallega requerido en este proceso selectivo ante la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, al amparo de lo previsto en la base II.1.1.2 de la convocatoria.
Tercero. Publicar la presente resolución en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal y en el Diario Oficial de Galicia.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2025
Bran Casal Pereira
Presidente del tribunal
