Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta dirección general dispone la publicación en el Diario Oficial de Galicia del Acuerdo que figura como anexo a la presente resolución.
Santiago de Compostela, 26 de marzo 2025
Sandra Vázquez Domínguez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en Relación con la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente acuerdo:
1º. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 30, 72 y 79 de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
2º. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3º. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
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Ángel Víctor Torres Pérez |
Diego Calvo Pouso |
