DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Viernes, 25 de abril de 2025 Pág. 23830

IV. Oposiciones y concursos

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2025 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo unitario para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de puestos de auxiliares de policía local (código de procedimiento PR461A), convocado por la Orden de 25 de febrero de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 41, de 28 de febrero), y se anuncian la fecha y el lugar de realización de las primeras pruebas del proceso.

En el Diario Oficial de Galicia número 41, de 28 de febrero de 2025, se publicó la Orden de 25 de febrero de 2025 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convoca el proceso selectivo unitario para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de puestos de auxiliares de policía local.

El 31 de marzo se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 62 la Resolución de 21 de marzo por la que se aprobaron las relaciones provisionales de personas excluidas al proceso, y se publicaron en la página web de la Agasp las relaciones provisionales de personas admitidas, así como la relación de la totalidad de los aspirantes con indicación de la exención o no de la prueba de conocimientos de lengua gallega, concediendo un plazo de diez (10) días hábiles para subsanaciones.

Finalizado el plazo de subsanación, y de acuerdo con lo regulado en dicha orden, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Aprobar las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso unitario para la cobertura de puestos de auxiliares de policía local convocados por la Orden de 25 de febrero de 2025 (DOG núm. 41, de 28 de febrero).

La lista definitiva de personas aspirantes admitidas podrá consultarse a través de la página web oficial de la Academia Gallega de Seguridad Pública, https://agasp.xunta.gal

La lista definitiva de personas aspirantes excluidas, con indicación de la causa determinante de su exclusión, figura como anexo a esta resolución.

La lista definitiva de personas exentas y no exentas de la realización de la prueba de conocimiento de la lengua gallega podrá consultarse a través de la página web oficial de la Academia Gallega de Seguridad Pública, https://agasp.xunta.gal

Las listas publicadas en la página web de la Agasp serán las consideradas como válidas.

Segundo. Convocar a las personas admitidas para la realización de la primera y segunda prueba del proceso que tendrán lugar el día 2 de mayo de 2025 en el pabellón número 2 del Recinto Ferial de Silleda. El llamamiento para la primera prueba comenzará a las 16.00 horas. Las personas aspirantes no podrán acceder al recinto con ningún dispositivo electrónico. Su simple pertenencia dentro del recinto determinará la exclusión de la persona aspirante del proceso.

La primera prueba del proceso consiste en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas tipo test más 5 de reserva cuyo contenido viene determinado en el temario recogido en el anexo III de la convocatoria. Esta prueba tendrá una duración máxima de una hora. Una vez que finalicen la prueba, las personas aspirantes pueden entregar su ejercicio. Para eso deben levantar la mano y esperar a que uno de los miembros colaboradores del tribunal recoja el examen y le indique que puede abandonar el recinto.

Una vez finalizada la primera prueba, se efectuará un segundo llamamiento en la puerta número 1 para aquellos aspirantes que no acreditaran la exención de la prueba de idioma gallego. La segunda prueba, de conocimiento de la lengua gallega, consiste en la traducción de un texto del castellano al gallego y otro del gallego al castellano y tendrá una duración máxima de una hora. Una vez finalizada la segunda prueba podrán entregar su ejercicio. Para eso deben levantar la mano y esperar a que uno de los miembros colaboradores del tribunal recoja el examen y le indique que puede abandonar el recinto.

Las personas convocadas deberán ir provistas de:

1. DNI o documento fehaciente que acredite su identidad.

2. Bolígrafo negro o azul, tipo clásico.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el director general de la Agasp, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados del mismo modo, en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Estrada, 15 de abril de 2025

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO

Lista definitiva de personas aspirantes excluidas

NIF

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

Motivo de la exclusión (código)

***1340**

Álvarez

Goyanes

Manuel Pablo

3

***5071**

Arcila

Pimentel

Marines Ofelia

3, 4

***3473**

Calvo

Muñiz

Raúl

4

***7596**

Cernadas

Amoedo

Óscar

2

***8360**

Cobas

Télez

Ana

4

***9073**

Costas

Salgueiro

Verónica

1, 2, 3, 4

***4051**

Díaz

Barrientos

Olaia

4

***2770**

Fernández

Varela

Eloy

4

***7008**

Miranda

Castaño

Beatriz

4

***7430**

Miranda

De Paz

Roi

3

***5003**

Ortiz

Solsona

Ana

4

***2723**

Outón

Outeda

David

2

***4807**

Pérez

Castro

Alberto

3

***6299**

Quinte

Pérez

Javier

4

***9097**

Rodríguez

Otero

David

2

***5293**

Rodríguez

Pérez

Marta

4

***4366**

Sánchez

Pazos

Elder

4

***8337**

Steil

Bastos

Victoria Caroline

3

***0092**

Vidal

Bello

Manuel

4

***8718**

Viturro

Da Silva

Débora María

4

Motivo de la exclusión:

Código

Descripción

1

Solicitud incompleta o incorrectamente cumplimentada o fuera de plazo.

2

No fue posible consultar la inexistencia de antecedentes penales, o la documentación aportada es incorrecta.

3

No tiene o no fue posible consultar la titulación académica requerida.

4

No presenta justificante del abono de la tasa o justificante de abono de la tasa incorrecto, incompleto o reducción de la tasa no justificada.