DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Viernes, 2 de mayo de 2025 Pág. 25267

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Augas de Galicia

RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2025 por la que se somete la información pública la propuesta de delimitación de las aglomeraciones urbanas de saneamiento de Galicia.

El artículo 6.1 de la Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua de Galicia, dispone que, con la finalidad de ordenar la gestión de los sistemas de saneamiento y de depuración de la Comunidad Autónoma de Galicia y contribuir al cumplimiento de los deberes relacionados con el tratamiento de las aguas residuales urbanas, la Administración hidráulica de Galicia fijará las aglomeraciones urbanas en que se estructura el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En esta materia, la Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua de Galicia, desarrolla las directrices marcadas por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y por la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, que establece la necesidad de una planificación eficiente e integrada del ciclo urbano del agua.

Asimismo, la Ley 1/2022, de 12 de julio, refuerza el principio de colaboración entre administraciones y promueve la transparencia y el ejercicio de una participación pública sustantiva como elementos estructurales esenciales para la toma de decisiones en materia de agua.

En este sentido, es necesario señalar que la Directiva (UE) 2024/3019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, mantiene esta misma línea estratégica, reforzando los requisitos de control, eficiencia energética y planificación sostenible en las aglomeraciones urbanas.

Destaca la importancia de definir y delimitar las aglomeraciones urbanas de saneamiento como unidades territoriales básicas para la planificación y gestión de estos servicios. Esta delimitación permite identificar con claridad los espacios sobre los que se deben aplicar las políticas públicas, cumplir con las exigencias de la normativa europea y estatal, especialmente en lo relativo al control de vertidos, y contribuir al logro de los objetivos ambientales establecidos en las diferentes directivas comunitarias, como la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.

El artículo 6.3 de la Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua de Galicia, establece que la propuesta para la determinación de las aglomeraciones urbanas será sometida la audiencia de las administraciones públicas responsables de los servicios de saneamiento y depuración afectados y de las administraciones públicas titulares de las infraestructuras durante un plazo de 2 meses.

A fin de garantizar que todas las administraciones que se consideren afectadas puedan formular cuantas alegaciones, observaciones, sugerencias y reclamaciones consideren procedentes, se estima oportuno aprobar un trámite de información pública adicional a dicho trámite de audiencia obligatoria.

Conforme a lo expuesto, resuelvo someter a información pública la propuesta de delimitación de las aglomeraciones urbanas de saneamiento de Galicia.

La documentación con la propuesta de delimitación de las aglomeraciones urbanas de saneamiento de Galicia podrá consultarse en la página web de Augas de Galicia: https://augasgalicia.xunta.gal/, en el apartado de plan de saneamiento, registro oficial de aglomeraciones.

Las administraciones públicas responsables de los servicios de saneamiento y depuración y las administraciones públicas titulares de las infraestructuras podrán presentar alegaciones durante el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las aportaciones deberán presentarse a través del formulario electrónico del procedimiento PR004A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=PR004A, dirigiéndolas a Augas de Galicia e indicando en el asunto: delimitación aglomeraciones urbanas de saneamiento de Galicia.

Junto con la aportación, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua de Galicia, se podrá incorporar documentación que permita acreditar la titularidad de las infraestructuras o la responsabilidad en la prestación de los servicios, como ordenanzas, convenios, contratos de gestión u otros documentos administrativos equivalentes.

Cualquier duda relacionada con el proceso podrá dirigirse a la Subdirección General de Planificación de los Recursos Hídricos de Augas de Galicia a través del correo electrónico subdireccionplanificacion.augas@xunta.gal

Santiago de Compostela, 11 de abril de 2025

Roi Fernández Añón
Director de Augas de Galicia