La solicitud de suspensión y disolución de la organización sindical y empresarial fue formulada por José Manuel Nodar González mediante escrito de 25 de abril de 2025 y se tramitó con el número de entrada 82/2025/000143 (https://expinterweb.mites.gob.es/deose/publico/copiaEstatutos).
Consideraciones legales y técnicas.
Son de aplicación la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, y el Real decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales es competente para resolver en materia de depósito de estatutos de asociaciones sindicales y empresariales, en virtud del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, y del Decreto 147/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.
Revisada la documentación aportada y teniendo en cuenta la normativa aplicable, esta Secretaria General de Empleo y Relaciones Laborales
RESUELVE:
Depositar el acuerdo de disolución de la Asociación Patronal de Clínicas sin Internamiento de Galicia, en esta oficina pública de depósito de estatutos de asociaciones sindicales y empresariales, así como dar publicidad en el Diario Oficial de Galicia.
Contra esta resolución podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en el artigo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 29 de abril de 2025
Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales
