DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Martes, 3 de junio de 2025 Pág. 31158

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

ORDEN de 21 de mayo de 2025 por la que se modifica la autorización del CEMU Profesional Peleteiro, de Santiago de Compostela (A Coruña).

La sociedad civil titular del centro (CEMU) Profesional Peleteiro, de Santiago de Compostela, denominada Herederos de Manuel Peleteiro, S.C., se transforma en sociedad de responsabilidad limitada con la denominación de Herederos de M. Peleteiro, S.L., conforme consta en la escritura pública notarial de 30 de diciembre de 2024.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 253/1995, de 29 de septiembre, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas y con la Orden de 5 de diciembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del CEMU Profesional Peleteiro, de Santiago de Compostela, por la transformación de su titularidad en sociedad de responsabilidad limitada denominada Herederos de M. Peleteiro, S.L.

La modificación de la titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Artículo 2. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2025

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional